BENIDORM. El Consorcio de Aguas de la Marina Baixa ha anulado el anuncio de licitación para la redacción del proyecto para la construcción de la desalinizadora. Un procedimiento que se inició el pasado mes de septiembre pero que tendrá que volver a iniciarse después de que la entidad haya decidido desistir del mismo. Todo ello después de recibir un recurso en el que ponía en cuestión uno de los criterios para la adjudicación del contrato.
La desalinizadora forma parte de los planes de la entidad comarcal para garantizar el abastecimiento a las localidades que la componen: l'Alfàs del Pi, Altea, Benidorm, Finestrat, Polop, La Nucía y la Vila Joiosa. Una estrategia aprobada en septiembre de 2024 para un periodo marcado entre el 2025 y el 2035 con el objetivo de que la Marina Baixa tenga suficientes recursos para la población.
Fue el pasado 9 de septiembre cuando el Consorcio sacó a licitación el contrato por un presupuesto de 594.385,48 euros, IVA incluido, terminando el plazo para la presentación de ofertas el 13 de octubre. Sin embargo, el procedimiento se ha abortado antes de lo previsto. El 6 de octubre tomaron la decisión de desistir del mismo tras analizar un recurso contra el pliego.
El 3 de octubre la entidad fue conocedora de la interposición de un recurso especial en materia de contratación contra los pliegos. Momento en el que se encontraba en presentación de ofertas y sin haber recibido todavía ninguna. En concreto, el recurso ponía el foco en un criterio de adjudicación que valora los cursos que la empresa haya impartido a través del personal que estaría adscrito a la ejecución del contrato. Así, entendía que "no guarda relación con el objeto del contrato, y que su redacción es indeterminada y provoca inseguridad jurídica", resume el acuerdo del Consorcio donde decretan el desestimiento.
Previamente, el informe de la secretaría de la entidad menciona la legislación actual donde se exige la vinculación al objeto del contrato de los criterios de adjudicación. Además, se apoya en la doctrina reiterada del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) que determina la apreciación del criterio de adjudicación "ha de manifestarse en el proceso de prestación del servicio que se va a contratar". Así sobre el recurso en cuestión señala que aunque sí que está relacionado con la redacción de un "proyecto de las caracterísiticas del que se licita, tiene un tenor literal que en algún punto puede resultar inexacto o ambiguo, lo que podría provocar interpretaciones contradictorias". De este modo, considera que "dicho criterio de adjudicación hace que los pliegos incurran en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato".
El Consorscio opta así por desistir del procedimiento licitatorio, sin perjuicio de que pueda iniciarse de forma inmediata una nueva licitación con el mismo objeto. Un hecho que provoca que los plazos se dilaten, sabiendo que el objetivo es llegar a poner en marcha la primera fase en 2028. Aunque no mucho. Desde la entidad calculan que podría retrasarse en unos 10 días al tener que sacarlo de nuevo sin este criterio, una alternativa más rápida que los tres meses que podría suponer que el asunto terminara en el TACRC.