BENIDORM. Un nuevo capítulo del histórico restaurante de la isla de Benidorm. El Tribunal Supremo ha inadmitido el último recurso interpuesto por la empresa contra la sentencia. El fallo daba la razón al Ayuntamiento y dejaba sin licencia de apertura a este establecimiento que ha estado sirviendo a sus clientes desde 1968. Una situación que complica aún más la actividad hostelera en este paraje protegido dentro del Parque Natural de Serra Gelada.
Como ya adelantara este diario en su día, la empresa solicitó la licencia de apertura en agosto de 2018. Un mes más tarde, el Consistorio se la denegó. Agotada la vía administrativa, comenzó el procedimiento en sede judicial, donde no tuvo mejor suerte. En febrero de 2019 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Alicante rechazó el recurso de reposición, ratificando la resolución del Ayuntamiento. Tras esto, interpuso uno de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), pero tuvo el mismo resultado.
Por último, lo llevó ante el Tribunal Supremo, pero el pasado mes de diciembre comunicó la inadmisión del mismo, según confirman fuentes municipales. Por lo que, llegados a este punto, la sentencia ya es firme, tal y como recoge el oficio del Contencioso de Alicante firmado el 10 de enero de 2025 al que ha tenido acceso Alicante Plaza.
La empresa en su defensa aseguraba que tenía licencia de apertura por silencio desde 1993 después de que la solicitara y no le llegaran a responder. Sin embargo, la resolución del Ayuntamiento hace ya casi siete años suspendía el procedimiento para la concesión de licencia puesto que tenía que aportar el título concesional que le habilitara para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre, pero este fue denegado.
Volviendo a la licencia de apertura, la última sentencia de enero de 2024 resuelve que, a pesar de la petición de la empresa, “en ningún modo cabe considerar que el recurrente” la obtuviera “por silencio en 1993” porque no tenía ni licencia de actividad anterior, ni título de concesión o autorización perceptiva para la ocupación de estos terrenos o de la servidumbre de tránsito, recoge la sentencia. Además, esta rechaza que se le tenga que reconocer el derecho a conseguir la declaración responsable solicitada en agosto de 2018 “puesto que no aporta el título previo de ocupación” del dominio público marítimo-terrestre.
Desde 1968
Tal y como consta en las resoluciones judiciales, la empresa comenzó a explotar el restaurante en 1968. Además era el responsable de los trayectos en barco a la isla desde 1974. Ente la diferente documentación aportada en el procedimiento judicial, consta que desde 1981 a 1991 la empresa liquidó la tasa por ocupación de la vía pública del bar en precario.
- Uno de los barcos que transportan a los viajeros hasta la isla en una imagen de archivo. -
- Foto: RAFA MOLINA.
Otro de los acontecimientos importantes ocurre en 2005, cuando la isla fue integrada en el Registro de la Propiedad a favor del Estado después de que el Ayuntamiento intentara, sin éxito, que no se incluyera por su “vinculación histórica” con la ciudad, por ser la encargada de “las tareas de seguridad y limpieza así como de la ejecución de construcciones y obras” para que “cuente con los servicios necesarios para el turismo”, al tiempo que reconoce que está cobrando un canon por la explotación del bar y atraques existentes, además de que las instalaciones y bienes de la isla figuran en el Catálogo municipal. “Las distintas administraciones han respetado siempre esta titularidad”, remarcaban.
Orden ministerial que lo cambió todo
El detonante de todo es cuando en octubre de 2017 se dictó una orden ministerial en la cual resolvía que no había lugar a la existencia de derechos concesionales compensativos ni a favor del Ayuntamiento ni de terceros. Ante lo cual, interponen un recurso de reposición que también fue desestimado. Es entonces cuando acuden a la Audiencia Nacional.
El 1 de enero de 2019 el Ministerio de Transición Ecológica firmaba una orden de derribo para el bar de la isla de Benidorm. Daban un plazo de tres meses al Ayuntamiento para desalojar a las personas físicas o jurídicas de la explotación para después desalojar la zona de todas las estructuras: terrazas, escaleras, aljibes, jaulas para animales, “y demás instalaciones vinculadas con este establecimiento”.
Vista esta situación, el Ayuntamiento planteó una nueva vida para la edificación alegando que el derribo podría tener consecuencias para la fauna y flora de la isla. Así, los técnicos municipales elaboraron un proyecto para reconvertirlo en un centro de interpretación medioambiental, donde además contemplaban una zona para la venta de comida preparada. No obstante, también se preveía la rehabilitación del inmueble por su estado debido a la exposición prolongada al ambiente marítimo. Sin embargo, seis años después, las instalaciones siguen intactas.