SANTA POLA.-La magistrada de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Elche ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa abierta por presuntas irregularidades en el proceso de selección de un inspector de la Policía Local de Santa Pola. La resolución concluye que no existen indicios de delito en la actuación de los doce investigados, entre ellos cargos municipales, técnicos y miembros del tribunal calificador.
El procedimiento se inició tras una denuncia del Ayuntamiento de Santa Pola y del agente Rodrigo Martínez Villagrasa, que sostenían la existencia de una trama para favorecer al candidato Iñaki Cantonet Vicuña, esposo de la entonces vicesecretaria municipal. La denuncia señalaba supuestas irregularidades en la composición del tribunal, la contratación del psicólogo evaluador, la valoración de pruebas y la posterior toma de posesión del puesto.
Sin embargo, tras varios años de instrucción, la jueza concluye que las actuaciones administrativas podrán ser discutidas en la vía contencioso‑administrativa, pero no alcanzan el umbral penal exigido para delitos como prevaricación, tráfico de influencias, falsedad documental o malversación.
En su auto, la magistrada subraya —según consta literalmente en la resolución— que “no se evidencia indicios de la comisión de ningún tipo de infracción penal” y que, por tanto, “procede… decretar el sobreseimiento provisional de la causa”.
El Ministerio Fiscal ya había solicitado el archivo al considerar que mantener el procedimiento penal solo retrasaría la resolución de los recursos administrativos pendientes.
La jueza también rechaza la petición del Ayuntamiento de prorrogar la instrucción y desestima las diligencias adicionales solicitadas por las acusaciones, al entender que todas las pruebas relevantes ya habían sido practicadas.
Con esta decisión, el juzgado cierra la vía penal, aunque los actos administrativos relacionados con la oposición —incluido el nombramiento del inspector— continúan sometidos al control de los tribunales contencioso‑administrativos.
El fiscal desmonta la tesis de la acusación
El informe del Ministerio Fiscal repasa una por una las actuaciones policiales, las declaraciones de los investigados y la abundante documentación administrativa aportada por el Ayuntamiento. Aunque reconoce que la Guardia Civil calificó como “graves irregularidades” el proceso selectivo —“las graves irregularidades… han motivado que el proceso selectivo fuera declarado nulo por el Ayuntamiento” —, el fiscal subraya que estas cuestiones pertenecen al ámbito contencioso‑administrativo, no al penal.
El Ministerio Público destaca que no se acreditan presiones políticas ni manipulación deliberada del tribunal; los miembros del tribunal justificaron sus decisiones y negaron cualquier trato de favor; el psicólogo evaluador explicó los supuestos errores en las pruebas psicotécnicas; la composición del tribunal ya fue impugnada en vía contenciosa y validada por sentencia firme, y los recursos administrativos y contenciosos siguen su curso, lo que confirma que el conflicto es estrictamente administrativo.
Además, el fiscal recuerda que la propia Agencia Valenciana Antifraude otorgó a Cantonet el estatuto de testigos en otras causas contra el Ayuntamiento, lo que, según ellos, explicaría el origen “espúreo” de la denuncia.
Dos periciales contradictorias, pero sin relevancia penal
El Ayuntamiento aportó un informe pericial encargado por su acusación particular que concluía que Cantonet habría suspendido la prueba psicotécnica si se hubieran aplicado los criterios de la fase de promoción interna. Sin embargo, el perito judicial designado por el juzgado determinó que el aspirante sí superó las pruebas conforme a las bases.
La Fiscalía señala que esta contradicción no implica delito, sino una cuestión técnica que debe resolverse en la jurisdicción administrativa.