ELCHE. El equipo de gobierno está tramitando una modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para eliminar los usos industriales de especial importancia de suelos no urbanizables en aquellos en los que estaba permitido. Una intervención que sobre todo tendrá efecto en las partidas de Ferriol-Vallongas-Santa Ana, Valverde y La Marina. La modificación en el suelo de tipo Clave 52 —afectada sólo en las mencionadas partidas— tiene como objeto, además de eliminar los mencionados usos, incorporar actividades de transformación y comercialización de productos del sector primario que por su naturaleza precisen emplazarse cerca de las parcelas que tienen la materia prima.
Favorecer actividades del sector primario
El suelo de clave 52 se refiere a aquellos terrenos en los que se localizan los montes y lomas del municipio que deben ser preservados de la urbanización y de cualquier alteración en base a su interés en la conformación topográfica del territorio municipal, y aquellos que disponen de aprovechamiento forestal —no se trata de suelos de especial protección de montes y áreas forestales—. Son suelos de reserva —a veces colindantes con suelo de especial protección— sobre los que el Plan General permite actualmente los usos agrícolas con carácter general, así como los industriales de especial importancia, y sin embargo se prohíben los usos industriales de transformación de productos del campo, lo que resulta paradójico. Por eso se quiere corregir. El ámbito de la modificación es el suelo en la clave 52, pero no todos los suelos incluidos en dicha clave, sino solo el situado fuera de la envolvente de 5 km.
Su influencia de esta nueva normativa tendrá impacto sólo en Ferriol-Vallongas-Santa Ana, Valverde y La Marina, aunque sólo en partes concretas de cada pedanía, apenas casco urbano y sobre todo parte de montes y terrenos colindantes con otros municipios o accidentes. Con el cambio se permitirá en estas zonas el uso de las mencionadas actividades industriales-agrícolas también en el suelo de claves 51 y 54. Se trata de suelos que en su mayor parte ya han sido aterrazados para el cultivo y, otros que se encuentran abandonados, sin cubierta vegetal. No son suelos forestales estratégicos. Esto supondrá que mediante Declaración de Intereés Comunitario (DIC), se podrán instalar naves de transformación y comercialización de productos del sector primario. También con las licencias pertinentes, viviendas unifamiliares aisladas, almacenes vinculados a alguna actividad agrícola, ganadera o forestal, así como instalaciones precisas para la explotación agrícola, ganadera, forestal o cinegética. Para no favorecer la acumulación de estos usos, se propone una superficie mínima de parcela mayor que la prevista en clave 51 o 54 de terrenos colindantes, y una disminución de la ocupación de la edificación.