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fiscalía pide la suspensión de plazo para acusar hasta la resolución de recursos

El 'caso contratos' de Alicante llega a la Audiencia: Jiménez y González recurren el auto de juicio

  •    El exconcejal de Fiestas y Partidas Rurales de Alicante, Manuel Jiménez, interviene en un pleno, ante la mirada del exedil de Infraestructuras, José Ramón González, en imagen de archivo. Foto: Joaquín Reina/EP   

ALICANTE. Las supuestas anomalías registradas en la contratación de tres actuaciones distintas ejecutadas por las Concejalías de Partidas Rurales e Infraestructuras en la plaza Manolo Giménez Pastor de La Alcoraya en el conocido como caso contratos quedan en manos de la Audiencia. Las defensas de los cuatro procesados presentaron entre este lunes y este martes distintos recursos frente al auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado, dictado por la titular del Juzgado de Instrucción número 9 el pasado 4 de septiembre, con el propósito de que se revoque esa resolución. 

O lo que es lo mismo, que se anule la posibilidad de que los ya exconcejales por el Partido Popular (PP), Manolo Jiménez y José Ramón González, y los jefes de servicio de Partidas Rurales e Infraestructuras (dos técnicos municipales) tengan que sentarse en el banquillo de los acusados en un hipotético juicio para responder por la presunta comisión del delito de prevaricación administrativa que la instructora aprecia de manera indiciaria.

Por partes. Las defensas de los dos expolíticos habrían optado por dos vías de impugnación distintas. Así, la representación legal de Jiménez habría optado directamente por interponer recurso de apelación para que sea la Audiencia quien revise la decisión del Juzgado de Instrucción. Por su parte, el letrado de González se habría decantado por la vía del recurso de reforma, para que sea la propia jueza instructora la que corrija su resolución inicial. Esa es, también, la alternativa por la que habría apostado el abogado del jefe de Infraestructuras, mientras que el representante legal del máximo responsable técnico de Partidas Rurales habría presentado recurso de reforma y subsidiario de apelación (un mismo recurso que se elevaría a la Audiencia en el caso de la jueza mantuviese el auto de procesamiento tras el análisis del recurso de reforma). 

A grandes rasgos, los cuatro recursos coinciden en la misma argumentación general y niegan la existencia del presunto fraccionamiento de contratos que se apunta en el auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado en base a las explicaciones que ofrecieron todos los funcionarios que prestaron declaración como testigos durante la instrucción de la causa. No obstante, también arguyen elementos particulares ajustados a cada posición. 

De este modo, la defensa de Jiménez señala, en primer término, la falta de motivación de la que -a su juicio- adolecería el auto e incidiría en que no puede atribuirse al exconcejal de Partidas Rurales y Fiestas la comisión de un delito de prevaricación administrativa por fraccionamiento de contratos en la medida en que a él solo puede atribuírsele intervención en único encargo: el relacionado con la renovación de la pérgola de la plaza. Así, el recurso de apelación subrayaría que los dos contratos restantes -el relacionado con la instalación de un circuito de aparatos biosaludables y el de la reparación del escenario de la misma plaza- fueron promovidos desde la Concejalía de Infraestructuras, sin que Jiménez tuviese conocimiento directo sobre ellos.

Al tiempo, dicho recurso incidiría en que el exconcejal de Partidas Rurales -que renunció al acta de concejal en abril y se apartó de la lista electoral del PP- se limitó a seguir las instrucciones que se le trasladaron desde el departamento de Intervención cuando planteó la necesidad de que se renovase la pérgola (a partir de las demandas expresadas por representantes vecinales) y que en todo momento se ciñó a las indicaciones de los técnicos de las dos concejalías que se coordinaron en la ejecución de esos trabajos (Infraestructuras y Partidas Rurales), después de que los funcionarios de Intervención sugiriesen que existía una partida presupuestaria específica en el área de Infraestructuras para la renovación de pérgolas.

Sin nexo funcional

Por su parte, el recurso de reforma planteado por la defensa de González subrayaría que para la determinación del delito planteado en el auto de procesamiento de manera indiciaria habría que acudir a lo previsto en la Ley de Contratos del Sector Público y tener en cuenta que, en el caso de los tres contratos bajo sospecha, no existiría nexo funcional en la medida en que cada uno de los trabajos ejecutados no tendrían ninguna relación de dependencia entre sí. Es decir, que para instalar un circuito biosaludable no sería necesario que se renovase una pérgola, ni que se reparase un escenario, o viceversa, ya que se trata de obras diferenciadas que respondieron a distintas necesidades planteadas en momentos diferentes, por mucho que se ejecutasen en un mismo espacio público.

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