ALICANTE. Alicante da un nuevo impulso para permitir el encaje del futuro centro de congresos entre las explanadas de los muelles 7 y 9 del Puerto con el inicio de la tramitación de la modificación puntual número 7 del Plan Especial del Puerto de Alicante, mediante su evaluación ambiental y territorial estratégica. Ese impulso se materializará en la reunión semanal de la Junta de Gobierno, este martes, con la intención de posibilitar la creación de un nuevo sector específico destinado a la implantación del nuevo edificio congresual, que incluye la construcción del centro operativo de Suma.
La tramitación de esas modificación puntual llega después de que la Autoridad Portuaria de Alicante presentase el pasado 17 de marzo la documentación relativa a la propuesta de Borrador de Modificación Nº 7 del Plan Especial del Puerto de Alicante y el Documento Inicial Estratégico, como informó este diario. El 30 de abril, los técnicos municipales de la Concejalía de Urbanismo emitieron el informe favorable a dicha modificación puntual.
En concreto, borrador de Plan Parcial y el Documento Inicial Estratégico presentados tienen por objeto adaptar las determinaciones del Plan Especial del Puerto de Alicante vigente a la nueva Delimitación de Espacios y Usos Portuarios de 2025 en lo relativo a la creación de un nuevo sector vinculado a una nueva zona de Interacción Puerto-ciudad en los muelles 7 y 9. Para ello, según precisan fuentes municipales, se incorporan determinaciones específicas en la normativa con el objetivo de facilitar la implementación de los usos previstos en esta zona, teniendo en cuenta el anteproyecto del centro de congresos de Alicante seleccionado por la Diputación de Alicante.
El ámbito de la modificación puntual corresponde a una parte del sector de la Operación Integrada 3 (OI/3) del Plan General Municipal de Ordenación de Alicante (PGMO), que delimita el ámbito del actual Plan Especial del Puerto de Alicante, concretamente una parte del Sector 3MP. El alcance de la modificación es tanto gráfica como normativa y contempla la reordenación de varios sectores. Crea un nuevo sector 10 específico destinado a la implantación del Centro de Congresos de Alicante y oficinas.

- Plano del ámbito de la modificación del Plan Especial del Puerto. -
En esta línea, el edil de Urbanismo, Toño Peral, ha incidido en que "el Ayuntamiento, la Generalitat, la Autoridad Portuaria y la Diputación vamos de la mano para impulsar la construcción del Centro de Congresos, una infraestructura fundamental para la ciudad y con la tramitación de la modificación puntual del Plan Especial del Puerto de Alicante damos un paso importantísimo para que sea una realidad cuanto antes".
Cinco años de recorrido previo
El Ayuntamiento de Alicante y la Diputación de Alicante solicitaron el 30 de abril de 2021 a la Autoridad Portuaria que se iniciaran los trámites para la construcción de un Centro de Congresos de Alicante que también albergara el Centro de Operaciones de Suma en la zona de los muelles 7 y 9 del Puerto. Para ello resultaba necesaria la modificación de la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios (DEUP), con el fin de permitir los usos de interacción Puerto-ciudad en dichos muelles, así como en la modificación del Plan Especial del Puerto de Alicante (PEPA), destinada a ordenar urbanísticamente los usos y ordenanzas aplicables en el ámbito afectado.
El 19 de abril de 2023 se publicó en la plataforma de contratación la información del concurso de anteproyectos arquitectónicos, con intervención de jurado, para el Centro de Congresos de la ciudad de Alicante y el Centro de Operaciones de SUMA. El fallo del jurado del día 26 de abril de 2024 y se publicó el 8 de julio. El anteproyecto seleccionado fue elegido entre más de 100 propuestas en el ámbito de un concurso internacional.
Con fecha 26 de marzo de 2025 se aprobó la modificación de la DEUP, que establece en los muelles 7 y 9 el uso previsto para el futuro Centro de Congresos. Paralelamente, se inició la elaboración de la modificación del PEPA, en una labor que correspondía a la Autoridad Portuaria. Esa modificación, se deberá tramitar y aprobar de acuerdo con lo previsto en la legislación urbanística de ordenación del territorio, en este caso, el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (TRLOTUP).