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requisitos a exigir en todos los procesos de licitación

Alicante baraja pedir siempre avales preventivos para que las empresas no revienten los concursos

El tripartito quiere institucionalizar la exigencia de una garantía provisional en todas las convocatorias públicas para evitar maniobras que traten de condicionar las adjudicaciones. Se ha detectado prácticas como la retirada de ofertas después de haber sido valoradas y clasificadas o el registro de plicas de varias empresas de un mismo grupo

23/12/2016 - 

ALICANTE. El Ayuntamiento de Alicante pretende perfeccionar las exigencias que rigen en todos sus procesos de licitación (subastas y concursos de ejecución de obra o de prestación de servicios) para evitar la picaresca o el juego desleal que se ha detectado en algunas de las últimas convocatorias públicas. ¿Cómo? Reclamando un aval o garantía provisional para poder optar a cualquier contratación municipal desde el mismo momento en el que se presentan las plicas por un porcentaje sobre el precio o valor objeto del proceso.

Según las fuentes consultadas, se trata de impedir que las empresas puedan presentar ofertas desorbitadas tanto al alza como a la baja con el único objetivo de desestabilizar el proceso, como -en muchas ocasiones- se vislumbra después, cuando se produce la retirada de su plica o su renuncia a resultar adjudicatario sin quedar expuestos a consecuencia alguna o posible penalización. Las mismas fuentes exponen un supuesto práctico que facilita la comprensión. En una reciente convocatoria de subasta de maquinaria municipal ya en desuso, se presentaron tres ofertas con tres precios diferentes. Los técnicos municipales clasificaron sus propuestas en función del precio de cada puja. Y, después, las dos primeras clasificadas, que habían pujado con el precio más alto, acabaron desistiendo de su oferta. El resultado: la tercera clasificada, con el precio más bajo de las tres, pudo adquirir la maquinaria en cuestión sin demasiado esfuerzo, al tener el camino despejado. Todo legal, puesto que hubo licitación y hubo competencia, pero como mínimo sospechoso, ante la posibilidad de que esas tres empresas pudiesen haber convenido y concertado la operación, pactando los precios de sus propuestas, primero, y la retirada de dos de ellas, después.

Otra práctica habitual que, según las mismas fuentes, también se ha detectado en algunos concursos de obra o concesión de servicios es que varias compañías se organizan para presentar ofertas con el fin de modificar o condicionar el porcentaje de minora con el que se calcula la baja temeraria para que otra acabe garantizándose la adjudicación, tras presentar el presupuesto más ajustado a ese límite. En ocasiones, esa estrategia se desarrolla a través de varias empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial. Sin ir más lejos, según las fuentes consultadas, ha sucedido en el concurso para construir el carril bici entre la Avenida de Elche y la EUIPO que -como avanzó Alicante Plaza- quedó preadjudicado este jueves en una Junta de Gobierno extraordinaria. En esa convocatoria, cuatro de las 62 ofertas presentadas correspondieron a cuatro empresas adscritas a un mismo grupo. 

Esa fórmula para tratar de condicionar o influir en una adjudicación resulta más efectiva en los concursos en los que concurren pocas ofertas, ya que cuando existe un número limitado de aspirantes, la oferta de cada uno de ellos tiene mayor influencia, más peso, a la hora de definir el precio medio de rebaja. De nuevo, todo legal pero como mínimo sospechoso. Y siempre con la dificultad que entraña poder demostrar que exista cierta concertación entre los licitadores.

La aspiración del tripartito es tratar de dificultar esas maniobras, de modo que cualquier empresa que trate de reventar un concurso o condicionar una adjudicación con esa clase de estratagemas quede expuesto necesariamente al pago de un peaje

Ahora, la aspiración del tripartito (PSOE, Guanyar y Compromís) es tratar de dificultar esas maniobras, de modo que cualquier empresa que trate de reventar un concurso o condicionar una adjudicación con esa clase de estratagemas quede necesariamente expuesto al pago de un peaje que llegue a desactivar ese modus operandi. En realidad, no se trata de ninguna innovación legal: las instrucciones de contratación para el sector público acordadas por el Consejo de Ministros (en permanente proceso de actualización) ya regulan la exigencia de garantías definitivas y provisionales establecidas para las convocatorias públicas. Las primeras, por un 5% del importe del contrato (sin IVA) y de carácter obligatorio, se deben hacer efectivas en el momento de la adjudicación. Es decir, después de que se hayan valorado todas las ofertas, por lo que no resultarían efectivas si de lo que se trata es de que los licitadores no condicionen esas valoraciones previas que conducen a la adjudicación. 

Las segundas, las provisionales, son opcionales. Dependen del órgano que debe decidir sobre la adjudicación -en el caso de un ayuntamiento como el de Alicante, la mesa de Contratación- y su exigencia, además, debe estar debidamente justificada. Su importe es del 3% del precio del contrato y se deben aportar, precisamente, justo en el mismo momento en el que los licitadores presentan su plica. O lo que es lo mismo, sí pueden funcionar como mecanismo de filtro que puede desactivar esas argucias orquestadas para alterar los concursos. Sobre todo porque esos avales provisionales son devueltos a las empresas cuando se produce la adjudicación del contrato en cuestión, pero no en todos los casos. La administración puede incautarse de esas fianzas si el licitador retira su oferta de manera injustificada, lo que, en definitiva, supone una vía efectiva para evitar esos movimientos especulativos.

El equipo de Gobierno de Alicante trabaja ahora en institucionalizar su exigencia en todos los pliegos, de modo que se requiera la entrega de garantías provisionales en todos los concursos y convocatorias públicas. En la actualidad, según las mismas fuentes, sólo se solicita ese depósito económico preventivo en casos excepcionales, ya que lo que se pretendía era abrir el abanico y facilitar la máxima concurrencia de empresas posible. En el caso del concurso sobre el carril bici de la EUIPO, por ejemplo, no se exigió ese aval provisional (su presupuesto de licitación era de 1,2 millones sin IVA). Tampoco se ha exigido en otro de los grandes concursos todavía en marcha: el del servicio de montaje de infraestructuras de actos festivos, lúdicos y culturales (con un presupuesto de licitación de 1,3 millones sin IVA).

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