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división en el régimen sancionador para quien infrinja la norma

Les Corts corrigen al Consell y protegen a los denunciantes anónimos de la Agencia Antifraude

19/09/2018 - 

VALÈNCIA. El pasado mes de junio Les Corts Valencianes iniciaron la tramitación de la ley del Consell de la Inspección General de Servicios (IGS). Una ley que contenía algunos apartados que anulaban casi por completo la protección del denunciante anónimo de malas prácticas en la administración. La cuestión encendió las alarmas en la Agencia Antifraude, que remitió un informe lleno de observaciones al parlamento valenciano indicando que esta ley amenazaba con desvirtuar el apartado más sensible del órgano que dirige Joan Llinares: el estatuto de protección del denunciante.

Desde entonces los grupos parlamentarios han estado trabajando en las enmiendas al texto legislativo. Este miércoles la ley llega a la comisión de Justicia de Les Corts Valencianes y los partidos del Botànic han acordado modificar a través de varias enmiendas algunas de las principales dudas que generaba el texto original. 

Así, la primera corrección que Podemos -formación impulsora de la Agencia Antifraude- puso encima de la mesa en la reunión de este martes afectaba al artículo 32 de la ley. Este fijaba inicialmente que la Inspección General de Servicios pudiera dar a conocer la identidad de la persona denunciante cuando fuese imprescindible para que el denunciado pudiera ejercer su derecho de defensa en un procedimiento judicial. En cuyo caso se le daría dos opciones al afectado: dar el visto bueno para que se le identificase o retirar la denuncia. Un apartado que finalmente la formación morada, Compromís y PSPV han pactado eliminar de la norma.

El director de la Agencia Antifraude, Joan Llinares. Foto: KIKE TABERNER

En su lugar, fijan que el régimen de protección aplicable por la Inspección General de Servicios será "el establecido en la Ley de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat, sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de un régimen más favorable". Esto es, remiten al IGS al estatuto del denunciante de la ley 11/2016 aprobada por el parlamento valenciano. 

En este punto, conviene señalar que la protección del denunciante de malas praxis en la administración es uno de los aspectos más importantes de la ley de la Agencia que dirige Joan Llinares. Sin la protección que se ofrece sería más complejo que se presentaran denuncias. De hecho, el propio Llinares aseguró en su última comparecencia en el parlamento valenciano que este estatuto había resultado "indispensable" en varias ocasiones. Actualmente, hasta quince funcionarios han solicitado acogerse a él tras revelar posibles casos de corrupción. 

Sin distinción entre denunciantes

Otro de los apartados que despertó preocupación en la Agencia y que se ha suprimido en el trámite de negociación de enmiendas es el hecho de que la norma del IGS diera diferente trato a los denunciantes. El texto original distinguía a aquellos que fueran de buena fe, a quienes otorgarían "máxima confidencialidad". 

Al describir este criterio, el informe de Antifraude cuestionaba si existía una "confidencialidad mínima" a otorgar al resto de denunciantes, ya que la Oficina adscrita a Les Corts Valencianes que él dirige otorga el mismo estatus a todos, sin distinciones y garantizando las máximas reservas.

Foto: KIKE TABERNER

Régimen sancionador

Ahora bien, no todas las "batallas" están ganadas. Los partidos del Botànic acudirán este miércoles a la comisión de Justicia sin un acuerdo respecto al artículo 41.2 de la ley, el que compete al régimen sancionador. Tanto PSPV como Compromís quieren mantener la redacción original, mientras que Podemos, en sintonía con Llinares, quiere que se remita al régimen que establece la Agencia Antifraude. 

El proyecto de ley elaborado por el Consell contempla como infracción muy grave violar la protección del denunciante. Sin embargo, deja la sanción en un máximo 30.000 euros, mientras que en la ley del órgano que dirige Llinares se alcanzan los 400.000. 

Una cuestión nada baladí, ya que en caso de no modificarse la ley original, la multa es hasta 13 veces inferior. Motivo por el que la diputada de Podemos Fabiola Meco no quiere ceder en esta cuestión. "El régimen sancionador de la Agencia es mucho más garantista para que se cumpla la ley, porque la multa que pueden llegar a imponer si se infringe es mucho más elevada". Además, añade que debería ser la Agencia la que instruyera el caso si se vulnera el estatuto del denunciante ya que "es más independiente que la IGS". 

La diputada de Podemos, Fabiola Meco. Foto: EVA MAÑEZ

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