conclusiones de los abogados de virgilio ortiz, santiago bernáldez y pablo rico

Las primeras defensas insisten en las anomalías de la causa del PGOU de 'Brugal' y alegan prescripción 

11/11/2020 - 

ALICANTE. Los primeros abogados de las defensas que han expuesto sus informes de conclusiones en el juicio por el supuesto amaño del Plan General de Alicante investigado en el marco del caso Brugal han insistido, este miércoles, en las presuntas anomalías que, a su juicio, se habrían cometido a lo largo de toda la instrucción, como ya hicieron en la fase de exposición de las cuestiones previas.

Esa esa la tesis que ha defendido, cuando menos, el letrado Alejandro Bas, que representa a los acusados Virgilio Ortiz y Santiago Bernáldez, quien ha alegado que el origen de la investigación sobre el planeamiento urbanístico de Alicante estaría viciado de nulidad por dos motivos fundamentales. El primero, que la Fiscalía Anticorrupción y los investigadores obviaron que las diligencias sobre el Plan Rabasa habían sido sobreseídas por el Juzgado de Instrucción número 6 de Alicante y volvieron a solicitar al Juzgado Número 3 de Orihuela (en el que se instruía la causa matriz del caso Brugal) para que se autorizase el pinchazo del teléfono del empresario Enrique Ortiz, con el argumento de que se le estaba investigando sobre la concesión del Plan Zonal de la Vega Baja, cuando ese permiso ya había sido denegado por el juez instructor de Alicante en 2008, en relación a esa parte de los hechos encontrados en las primeras grabaciones. 

Así, ha relatado que el Juzgado de Orihuela autorizó esas escuchas, pese a que con carácter previo, se había inhibido en relación a la investigación del Plan Rabasa en favor del juzgado de Alicante. Es más, ha recalcado que, dos años después el mismo Juzgado de Orihuela volvió a inhibirse al considerar que la instrucción sobre el planeamiento urbanístico de Alicante debía seguirse desde los juzgados de la capital. En esta línea, Bas ha insistido en que en todo ese procedimiento, "por ignorancia por pleno conocimiento, tanto la Fiscalía como la Policía" actuaron con la finalidad de burlar el principio de competencia judicial, aprovechando, además, que en el Juzgado de Orihuela se había producido un cambio de juez. 

En segundo lugar, el letrado de Virgilio Ortiz y Santiago Bernáldez, ha asegurado que a la causa sobre el Plan General se llegó a partir de las grabaciones que el empresario oriolano Ángel Fenoll entregó a la Fiscalía en 2006, sobre el supuesto amaño de la contrata de recogida de residuos de Orihuela, sin que la Fiscalía comprobase entonces "la autenticidad de esa grabación", en la medida en que no se elaboró un informe pericial sobre su contenido hasta el año 2012. 

Además, ha insistido en que en ese análisis debió de tenerse en cuenta el elemento utilizado para realizar la grabación para poder conocer si pudo producirse alguna manipulación. Y, en esta línea, ha considerado que la Fiscalía, no tuvo en cuenta si esa grabación vulneró los derechos fundamentales del exconcejal Jesús Ferrández, con quien Fenoll conversaba en ese vídeo, pese a que el propio Ferrández presentó una denuncia por calumnias ante la propia Fiscalía.

Después se ha centrado en negar que sus defendidos participasen en la entrega de las cantidades de dinero al exalcalde de Alicante, Luis Díaz Alperi, que se les atribuye y ha considerado que era normal que pudiesen realizar esas extracciones de dinero, pese a que se tratase de cifras elevadas, teniendo en cuenta el tamaño de las empresas para las que trabajaban. Por último, ha emplazado a la sala a tener en cuenta que, en su opinión, "las acusaciones ya han ganado parte del juicio en la medida en que se les ha condenado con la pena de la fama". Se ha referido, así, a las consecuencias que habría tenido la investigación y su conocimiento público, como la interrupción de la carrera política de algunos de los procesados, en alusión a los exalcaldes Alperi y Castedo. 

Acto seguido, ha intervenido el letrado defensor de Pablo Rico, Sigfrido Gómez, quien ha alegado que el delito que se atribuye a su representado estaría prescrito. Todo, además de sostener que ese delito no habría existido, en la medida en que la única prueba que se aporta para señalarlo es la interpretación que se realiza de unas escuchas. En este sentido, ha sostenido que no se produjo ninguna simulación de trabajos para justificar las facturas y el dinero extraído por Rico que, según el sumario, también fue parte de las entregas concedidas a Alperi.

La Fiscalía y las acusaciones ejercidas por el Ayuntamiento de Alicante y Esquerra Unida (EU) consideran a Virgilio Ortiz, Santiago Bernáldez y Pablo Rico cómplices de un delito de corrupción de autoridades públicas como autores de la entrega de parte de esas presuntas dádivas entregadas por el empresario Enrique Ortiz al exalcalde Díaz Alperi. Se enfrentan a peticiones de pena que oscilan entre los dos años y seis meses y los seis meses de prisión, en función de las solicitudes planteadas por cada una de las acusaciones.

La fase de exposición de informes de conclusiones continúa este jueves con la intervención inicial de la defensa de Sonia Castedo, ejercida por el abogado Ignacio Gally. Todavía deben presentar sus respectivos informes las defensas de Alperi, Ortiz y de los abogados del despacho Salvetti, Javier Gutiérrez y José Luis Castedo. El turno de las acusaciones se ha cerrado este miércoles, con las intervenciones de los abogados que ejercen las acusaciones particular y popular.

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