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Las claves de la negociación para la derogación de la reforma laboral que empieza la semana próxima

25/01/2020 - 

VALÈNCIA (EFE). El Ministerio de Trabajo convocará de nuevo a patronal y sindicatos la semana que viene para establecer los procedimientos y el calendario para negociar la derogación de la reforma laboral del PP de 2012, después de que esta semana se haya llegado a un primer acuerdo social para subir el salario mínimo.

Estas son las claves de una negociación que la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, plantea en dos fases: una primera, en la que se abordarán las cuestiones más urgentes incluidas en el acuerdo de Gobierno PSOE-Unidas Podemos, y una segunda, para los aspectos que requieren más tiempo y que son técnicamente más complejos. 

¿Se derogará la reforma laboral completa?

La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha asegurado esta semana que no es posible derogar una reforma laboral en su totalidad, mientras que la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha explicado que se cumplirá lo establecido en el acuerdo de Gobierno y ha dicho que técnicamente es una derogación "aunque cada uno puede apellidar a la criatura como desee".

En cualquier caso, Díaz defiende que no se trata tanto de volver al mercado laboral previo a la crisis, como de recuperar los derechos laborales perdidos e ir adaptando el Estatuto de los Trabajadores a las necesidad actuales del mercado de trabajo.

¿Cuáles son los aspectos más lesivos de la reforma laboral?

El acuerdo PSOE-Podemos habla de derogar "la reforma laboral", si bien establece unas actuaciones urgentes que en la anterior legislatura el PSOE catalogó como los aspectos más lesivos de la reforma laboral de 2012.

Entre esas actuaciones urgentes se contempla devolver la prioridad al convenio sectorial sobre el convenio de empresa y recuperar la ultraactividad de los convenios colectivos, que implica su vigencia indefinida mientras no pacte uno nuevo y que la reforma del PP limitó a un año.

¿Habrá acuerdo para la derogación?

Díaz ha confiado en que todas estas cuestiones se puedan afrontar con el acuerdo de patronal y sindicatos, si bien ha asegurado que no es "una ingenua" y que es consciente de que en ocasiones no será posible llegar a un pacto.

Sindicatos y patronal han mostrado una voluntad firme de diálogo, que en el caso de los empresarios pasa por una estrategia de control de daños, ya que ellos defienden que ha habido aspectos de la reforma positivos que han permitido que se genere empleo aunque la economía crezca menos del 2 %.

Además del acuerdo social, el Gobierno necesitará apoyos políticos suficientes para sacar adelante medidas que requerirán de aprobación parlamentaria.

Primera medida: derogación del despido por absentismo

De momento, la primera medida que tiene previsto aprobar en breve el Gobierno por decreto ley no ha sido negociada con los agentes sociales.

La norma, que deroga la parte del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores que permite el despido por absentismo, ya está redactada y se trasladó a patronal y sindicatos en la reunión para cerrar el acuerdo del salario mínimo.

Este asunto no formaba parte de lo que el PSOE había definido en la anterior legislatura como los aspectos más lesivos de la reforma de 2012, pero saltó a la actualidad tras una sentencia del Tribunal Constitucional que lo avalaba.

De hecho, el despido por absentismo existe en el Estatuto de los Trabajadores desde que se redactó en 1980, si bien la reforma laboral del PSOE de 2010 facilitó su uso y la del PP, en 2012, lo hizo aún más sencillo.

¿Qué queda para la segunda fase de la negociación?

Díaz ha dicho que la segunda fase de la negociación abarcará elementos técnicamente más complejos que requieren de un debate más largo y de mayor profundidad, como la contratación o el despido.

En estos asuntos, el acuerdo de Gobierno habla también de modificar el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores para limitar la subcontratación laboral a servicios especializados ajenos a la actividad principal de la empresa.

Asimismo, contempla limitar la inaplicación de los convenios para que solo sea posible el descuelgue salarial vinculado a causas económicas "graves", establecer la contratación indefinida como forma ordinaria de acceso al empleo y restringir la capacidad de modificación unilateral de las condiciones de trabajo por parte de la empresa, entre otras cosas.

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