VALÈNCIA. La abogada valenciana Antonia Magdaleno, condenada a cuatro años de prisión por una estafa de 4,67 millones a su exbufete Broseta con los honorarios de los concursos de Martinsa-Fadesa y Urazca, ha ingresado en prisión al no lograr que prosperase su petición de indulto.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó en noviembre de 2018 la condena de cuatro años de prisión impuesta por la Audiencia de Valencia a Magdaleno, mediante una sentencia no recurrible.
Tras ello, la abogada manifestó su intención de responder del daño económico para reparar la responsabilidad civil, pero tramitó al petición de indulto para eludir la cárcel. También negoció con Broseta Abogados que no se opusiera a la petición de indulto.
Sin embargo, según ha confirmado este periódico en el entorno de la abogada a partir de la información adelantada este martes el diario Levante, Magdaleno cumple condena desde el pasado mes de julio en una cárcel de Asturias, donde se trasladó tras la pena.
La sentencia confirmada por el Supremo consideró acreditado que, cuando fue nombrada administradora en los concursos de estas dos mercantiles, la recurrente ordenó al despacho Broseta Abogados SL que le facturasen "unas cantidades inferiores a las que ella había percibido por honorarios, ocultando el importe realmente cobrado de las mercantiles concursadas".
Por el concurso de Martinsa-Fadesa cobró 7.862.528 euros y ordenó que el despacho le facturase 3.324.891 euros; y en el de Urazca percibió 1.458.209 euros, y dispuso que le facturasen 589.778, según los hechos probados.
La Sala en su sentencia, con ponencia del magistrado Luciano Varela, rechaza la tesis de la recurrente de que no concurren en este caso los elementos esenciales del tipo delictivo de estafa y afirma que ninguna duda cabe "ni sobre la realidad ni sobre la entidad del engaño, con suficiencia para producir error en quien, por causa de ello, resultaría perjudicado".
El tribunal concluye que los hechos declarados probados ponen de manifiesto "una verdadera disposición patrimonial en términos suficientes para considerar consumada la estafa".
Respecto a la continuidad delictiva, la Sala indica que la pluralidad de indicaciones por parte de la acusada para que se confeccionaran facturas también plurales y, además, en relación con actuaciones profesionales diversificadas (intervención en dos procedimientos concursales) determinan el concurso de la pluralidad delictiva.
Por conveniencia fiscal, se le permitió que se presentara a los concursos a través de la sociedad Antonia Magdaleno Carmona SL., creada al efecto por ella y, una vez cobrados los honorarios que le correspondían debía ingresar en el despacho el importe íntegro del dinero percibido por los concursos.
Para ello, daba las órdenes oportunas a su sociedad con el fin de que le facturaran el importe que a su vez ella había cobrado de las concursadas. Este procedimiento se siguió hasta su nombramiento en Martinsa-Fadesa y Urazca.
A partir de estos nombramientos, que generaban unos "pingües beneficios", la acusada, que ya mostraba su discrepancia con la forma de convenir el variable de sus retribuciones, comenzó a dar órdenes al despacho para que le facturaran unas cantidades inferiores a las que ella había percibido, ocultando por tanto el importe realmente cobrado de las mercantiles concursadas. y apoderándose de la diferencia.