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la cardiopatía isquémica derivó en muerte 

La Audiencia absuelve a un médico por un mal diagnóstico en una prueba de esfuerzo

26/12/2016 - 

VALENCIA. La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a un médico que no diagnosticó una cardiopartía isquémica a un paciente al realizarle una prueba de esfuerzo, un servicio que está a la orden del día por la fuerte penetración de actividades como el running

A pesar de no encontrarle problema alguno, el paciente falleció de una cardiopatía isquémica, aunque mientras dormía, aunque sin ser un infarto agudo de miocardio ni una isquemia aguda durante el esfuerzo, por lo que las causas que la produjeron fueron desconocidas. 

No obstante, los peritos reconocen que el diagnóstico de la prueba de esfuerzo fue erróneo ya que dieron con la cardiopatía isquémica pero la audiencia recuerda en la sentencia que un fallo en el diagnóstico no es delito excepto en casos de extremada gravedad. 

 “Según reiterada jurisprudencia, relativa a la imprudencia médica no cabe incriminar como delito el simple error científico o diagnóstico equivocado, salvo cuando cualitativa o cuantitativamente resulte de extremada gravedad. Tampoco, el carecer el facultativo de una pericia extraordinaria o de cualificada especialización; y siempre, es preciso analizar puntualmente las circunstancias concurrentes en el caso de que se trate", señala.

Los peritos determinaron que el desenlace producido no era previsible, no había un compromiso vital, que la causa de la muerte es desconocida siendo imposible afirmar si de haberse dado un diagnóstico de cardiopatía isquémica, aplicándose el tratamiento que se considerara adecuado, hubiera podido evitarse la muerte.

Tampoco se aprecian quiebras analíticas y valorativas de la sentencia apelada, ni existe una ilógica e irracional deducción de sus conclusiones, así como arbitrariedad basada en contradicciones internas, omisiones y percepciones no razonables. 

"Siendo la causa de la muerte desconocida, la Audiencia entiende que no concurre el nexo causal entre conducta negligente y el resultado dañoso producido, lo que conduce a confirmar la sentencia absolutoria de la primera instancia", explica Carlos Fornes, abogado defensor de la compañía de seguros del médico.

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