VALÈNCIA. Las asociaciones de mujeres víctimas de violencia de género alertan de que el cierre de los Punto de Encuentro Familiar (PEF), donde muchas de las víctimas hacen el intercambio de los hijos, está suponiendo un debacle sicológica y legal, así como un serio riesgo para su integridad física. Pero es más, alertan de que muchas de ellas utilizan los PEF porque hay un orden de alejamiento en vigor y si, por ejemplo, acuden a dejar a los niños a casa de su expareja, no solo se las está poniendo en riesgo a ellas, sino que además se estaría produciendo un quebrantamiento de la orden por su parte.
El Consejo General del Poder Judicial, ante el cierre de los PEF, ha dejado en manos de los jueces y magistrados los posibles cambios en los regímenes de visitas, así como en las custodias hasta ahora acordadas.
Sin embargo, las mujeres maltratadas reclaman soluciones ya. Como explicaba Castellón Plaza en su reportaje El 016 más necesario que nunca, la presidenta de la asociación Alanna, Concha Álvarez decía que: "Esto está muy mal, se han olvidado de nosotras. Cierran los Puntos de Encuentro Familiar y lo único que nos dicen es que reine el sentido común. ¿Cómo se come eso? El problema es diario, muchas compañeras preguntado qué hacen con el niño, con las visitas semanales. Hay incluso amenazas por parte de los maltratadores de no pagar la pensión si no ven al niño, como si el niño dejase de comer.
Por su parte, desde la Conselleria de Igualdad que dirige la vicepresidenta Mónica Oltra, y de la cual dependen los PEF, explican que "desde los Puntos de Encuentro Familiar se está haciendo atención telefónica y los casos urgentes de forma presencial". En cuanto a las mujeres víctimas de violencia de género, aseguran desde la conselleria que "desde todos los centros y PEF de la Comunitat se han asegurado que los niños estén con las madres por el momento",y se han suspendido los regímenes de visita hasta que el juzgado ordene lo contrario.
Ante el estado de alarma y la resolución de la Conselleria de Sanidad de medidas especiales sobre los centros sociales de atención diurna, la Conselleria de Oltra se ha visto obligada a cerrar los PEF, pero en coordinación con los letrados de la red de los PEF se ha elaborado un protocolo, remitido a las sedes judiciales y por cada uno de los procedimientos judiciales, por el que se ha comunicado la situación de suspensión de las entregas y recogidas de las visitas tuteladas y el inicio de seguimiento telefónico.
El problema es evidente, pues la resolución del CGPJ deja en manos de los jueces tomar una decisión sobre la suspensión o no del régimen de visitas, pero mientras se toma una decisión, caso por caso, es evidente según su propia resolución, que habría que entregar a los niños. Y no hay donde hacerlo debido a otra resolución, esta de Sanidad.
El problema con los intercambios de hijos ha surgido después de que el Real Decreto que regula el Estado de Alarma no suspenda los regímenes de visitas establecidos, pero los Puntos de Encuentro Familiar se hayan cerrado. Por tanto, aquellos padres que tenía una visita vigilada a sus hijos o un intercambio de menores, tras el cierre de los PEF, no pueden realizarlos, hecho contrario a lo establecido por el decreto.
Paula Grau, abogada especializada en Derecho de Familia, explica que el ICAV envió una circular diciendo que las resoluciones debían ser cumplidas, y que si los progenitores llegan a consenso sería lo ideal, y subsidiariamente si la primera y segunda no sirven queda el 158 del Código Civil para que el magistrado responda. Los colegios profesionales dicen que no se colapse Lexnet. Pero esto sería para los casos en los que no hay violencia ni órdenes de alejamiento.
"Si no podemos entregar con garantías para las mujeres al menor, la problemática se incrementa exponencialmente. Entiendo que estarán a pleno rendimiento los juzgados, y más tras el acuerdo del consejo" dice Grau. Aunque apostilla que "se pueden dar situaciones muy paradójicas, como que una mujer víctima de violencia de género de positivo en coronavirus y tenga que entregar al menor, y no haya forma de hacerlo a través de un tercero, esto va más allá de los Puntos de Encuentro Familiar, aunque su cierre conlleva muchos problemas, eso es evidente".
Varios abogados consultados por Valencia Plaza explican que otra posible solución sería hacer los intercambios en presencia de la policía, ya que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado pueden ayudar en estas situaciones. Pero todos los consultados dicen que los jueces deben ser quienes decidan qué se hace en cada caso, porque lo principal es proteger a las víctimas de los agresores.
Sobre los regímenes de visitas y las custodias, el pasado viernes, el Consejo General del Poder Judicial acordó que corresponde al juez la decisión pertinente acerca de la suspensión, alteración o modulación del régimen de custodia, visitas y estancias acordado en los procedimientos de familia cuando lo dispuesto en el Real Decreto, por el que se declaró el Estado de Alarma, afecte directa o indirectamente a la forma y medio con arreglo a los cuales se llevan a la práctica las medidas acordadas.
Pero al mismo tiempo, desde el CGPJ recordaban que las medidas adoptadas judicialmente en los procedimientos de familia "no quedan afectadas por la regla general de suspensión de plazos y actuaciones procesales durante el estado de alarma". Explicaba el consejo que, ya que si bien no se encuentran en sí mismas entre aquellas actuaciones esenciales cuya realización ha de asegurarse, "una vez adoptadas se sitúan en el plano de la ejecución de las resoluciones judiciales que las hayan acordado y entran dentro del contenido material de las relaciones entre los progenitores en relación con los hijos menores" que surgen como consecuencia de las separaciones, y de las decisiones judiciales que fijen las condiciones del ejercicio de la patria potestad, de la guarda y custodia y del régimen de visitas y estancias.
Sin embargo, sí que realizaron una mención expresa a los PEF, pues dijo el CGPJ que "la suspensión, alteración o modificación del régimen acordado puede ser particularmente necesaria cuando los servicios o recursos públicos (Puntos de Encuentro Familiar y recursos equivalentes) se hayan visto afectados en su funcionamiento ordinario como consecuencia de la aplicación de las medidas del Real Decreto".