VALÈNCIA. La Audiencia Provincial de València ha condenado al exvicealcalde de València Alfonso Grau ha sido condenado a cuatro años de prisión por aceptar dos relojes de lujo de un contratista del Ayuntamiento en 2010 y 2011, cambiarlos por otros más caros y pagar la diferencia.
La condena para quien fue mano derecha de Rita Barberá es de prisión de nueve meses y suspensión de empleo y cargo público por dos años por delito continuado de cohecho y tres años y tres meses de cárcel por un delito de blanqueo de capitales. Además, se le impone una multa de 25.095 euros, la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena de ambos delitos y el decomiso de 25.095 euros de su patrimonio.
Al empresario que le regaló los relojes, Urbano Catalán, la Audiencia Provincial le impone, también por cohecho, nueve meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de condena.
Según considera probado el tribunal, Grau devolvió en la Joyeria Rabat de València los días 30 de diciembre de 2010 y 9 de enero de 2012 sendos relojes que le habían sido ofrecidos por el empresario Catalán "en atención al cargo que el primero ostentaba en el Ayuntamiento de València", regalo que en sí la Sala considera que incurre en el delito de cohecho.
Pero además, Grau devolvió esos relojes para comprar en esos mismos momentos otros dos más caros, abonando la diferencia en efectivo.
Así, el 30 de diciembre de 2010 adquirió un reloj Lange 1 Time Zone por 25.680 euros, abonando 13.520 euros mediante la entrega del reloj Breguet Classique le había sido regalado por el empresario, y los 12.160 euros restantes en metalico, con efectivo que el acusado declaró que disponía en su domicilio. Y el 9 de enero de 2012 adquirió en el mismo establecimiento un reloj Vachever Patrimoni Comtempor por 16.825 euros, que fue abonado parcialmente en la cantidad de 11.575 euros mediante la devolución del
reloj Piaget Polo 45 que le había sido regalado y pagando la cantidad restante de 5.250 euros en efectivo.
La Sala estima acreditada la afirmación efectuada por el acusado de que disponía de tales importes en su domicilio, pero considera que incurre en un delito de blanqueo de capitales porque considera que "la finalidad de la actuación desplegada por el acusado -devolver los relojes regalados, adquirir otros y pagar los últimos con parte del precio de los primeros- resulta compatible con la intención de convertir en lícito un dinero cuyo origen ha resultado ilícito", según expone en la propia sentencia.
La Audiencia Provincial expone las trampas del partido para financiar las campañas de 2007 y 2011. En esta última no se ha podido demostrar el origen de los fondos