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los socialistas señalan que el régimen tributario en este caso es "complejo, disperso y técnico"

El PSOE pide a Hacienda que elabore una guía sobre cómo tributar un piso de alquiler turístico

29/04/2018 - 

VALÈNCIA. El PSOE quiere que el Gobierno elabore una guía específica para conocer cómo cumplir con Hacienda en caso de ofertar el alquiler de un piso o una habitación con fines turísticos, y así dar a conocer estas obligaciones.

Para ello, han registrado en el Congreso una proposición no de ley, a la que ha tenido acceso Europa Press, y que los socialistas quieren someter a debate y votación en la Comisión de Hacienda y Función Pública de la Cámara Baja.

Con ella, quieren que el Congreso inste al Gobierno a que elabore una guía específica "con la finalidad de informar a los particulares de sus obligaciones tributarias en relación con la actividad de alquiler turístico, y darle la adecuada publicidad".

En la iniciativa, registrada por las diputadas Rocío de Frutos y Dolores Galovart, las socialistas señalan que el régimen tributario aplicable a la actividad de alquiler de viviendas con fines turísticos es "complejo, disperso y técnico".

Algo que, a su juicio, "puede constituir una barrera para los ciudadanos que carezca del necesario asesoramiento o de los conocimientos especializados" y dificultar, por tanto, el debido cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Ante este "desconocimiento", reclaman que el Ministerio de Hacienda y Función Pública facilite y difunda "una información clara y precisa para el cumplimiento de las mencionadas obligaciones tributarias".

El pasado mes de diciembre Hacienda aprobó una nueva norma que obligará a partir del próximo mes de julio a plataformas de alquiler de viviendas de uso turístico, como Airbnb, HomeAway, Wimdu o Niumba, a suministrar a la Agencia Tributaria datos fiscales en relación a esta actividad.

En concreto, se requerirá la identificación del titular de la vivienda, la identificación del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinta del titular de la vivienda) y la identificación de las personas o entidades cesionarias.

Asimismo, los intermediarios deberán incluir en sus declaraciones la identificación del inmueble, su referencia catastral, el número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos, el importe percibido por el titular cedente del derecho y el número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de la vivienda.

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