por asociar a falsos autónomos

El Ministerio de Empleo descalifica a la valenciana Factoo, que tendrá que disolverse

Tras las inspecciones realizadas, Empleo ve acreditado que la firma "no realiza actividad cooperativizada alguna"

17/08/2017 - 

VALÈNCIA (VP). El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha acordado descalificar a la cooperativa valenciana Fidelis Factu, S. Coop –que opera bajo la marca Factoo y se dedicada a facturar trabajos para terceros– por varias infracciones, entre ellas por asociar a falsos autónomos, según ha informado hoy en un comunicado.

La descalificación de Factoo como cooperativa de trabajo asociado implica su disolución, lo que lleva consigo la apertura de la liquidación. En la actualidad, la firma fundada por el valenciano Chema Escrivá cuenta con más de 16.000 asociados. Consultado al respecto, un portavoz de la firma aseguró a este periódico no haber recibido del Ministerio la notificación de la apertura del expediente.

la firma fundada por el valenciano Chema Escrivá cuenta con más de 16.000 asociados

El Ministerio toma la decisión a la vista del informe emitido por la Unidad Especializada en el Área de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo de Valencia, que llevaba varias semanas investigando la actividad de la empresa. El informe emitido por este organismo concluye que la empresa comete varias infracciones. La principal es que Fidelis Factu "no realiza actividad cooperativizada alguna". Durante meses, la firma ha utilizado como reclamo el eslogan "factura sin ser autónomo".

Además, el informe señala que los simulados "socios trabajadores" son, en general, profesionales trabajadores por cuenta propia dedicados a cualquier actividad, que actúan en el tráfico mercantil, por lo que se ven en la necesidad de emitir factura a sus clientes, y correlativamente, cumplir con las obligaciones fiscales y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Otra conducta infractora se refiere a que en los dos años que lleva activa ha tenido en alta a más de 5.000 afiliados distintos. Cada uno de los socios trabajadores se mantiene en alta durante escasos días, "lo que supone una vinculación anómala", destaca el Ministerio de Empleo. Los socios trabajadores de una cooperativa de trabajo asociado deben incorporarse en la prestación de trabajo a la misma con carácter, en principio, indefinido.

La Abogacía del Estado emitió el pasado día 16 un informe favorable al contenido de la resolución de la Inspección de Trabajo de Valencia. En dicho informe la Abogacía concluye que resultan acreditados los hechos objeto de imputación, haberse respetado las garantías del procedimiento sancionador y "concurrir los requisitos para la descalificación de la cooperativa".

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