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El Gobierno prohíbe por ley los despidos por fuerza mayor y otras causas

27/03/2020 - 

VALÈNCIA (EP) El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes prohibir por ley el despido por fuerza mayor y por causas económicas, organizativas, técnicas y de producción, según ha anunciado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, que ha precisado que esta medida se articulará a través de una cláusula que impedirá despedir en un "elenco muy importante de supuestos".

La ministra ha explicado que esta prohibición, que tendrá vigencia desde hoy y no tendrá efectos retroactivos, se implanta porque ya se ha dado a las empresas un mecanismo excepcional como son los expedientes de regulación de empleo temporal (ERTEs) para realizar los ajustes temporales pertinentes durante la crisis sanitaria sin destruir puestos de trabajo.

"Nadie puede aprovecharse de esta crisis para despedir", ha enfatizado la ministra, que ha señalado que las empresas no deben extinguir tampoco contratos temporales, sino interrumpirlos, pues la crisis es sólo un paréntesis que acabará pasando.

La ministra ha indicado que, al margen de esta prohibición, en caso de impugnaciones ante la Justicia, serán los tribunales los que decidan la procedencia o improcedencia de un despido. "No hay que confundir las causas de un despido con su calificación", ha indicado.

Revisión 'ex post' de los ERTE que se simplifican

El Consejo de Ministros también ha aprobado "revisar de oficio" todos los ERTEs que se están aprobando estos días de forma que, si a posteriori se observa algún tipo de fraude, se obligará a las empresas a devolver "hasta el último céntimo de euro" del que se hayan beneficiado, incluyendo las prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados, ha subrayado Díaz, que ha añadido que esto hace que no sea necesario endurecer el silencio administrativo.

Todas estas medidas y otras más forman parte de un nuevo bloque de iniciativas "muy ambiciosas" de carácter social que, según ha subrayado la titular de Trabajo, "ahondan en el escudo social" frente a la crisis del Covid-19.

Dentro de este bloque de medidas se ha aprobado además simplificar los ERTEs a través de un formulario "muy sencillo" para su envío al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el que las empresas sólo tendrán que consignar unos pocos datos (nombre de los trabajadores afectados, DNI, base reguladora de cotización y número de cuenta bancaria), que permitirá el reconocimiento de las prestaciones públicas por desempleo de manera inmediata.

"No tiene sentido despedir cuando el propio Gobierno está permitiendo los ERTEs hipersimplificados", ha insistido la titular de Trabajo.

Los perceptores con hijos cobrarán más

Asimismo, el Gobierno ha acordado introducir la presunción legal de estar en alta en el desempleo para agilizar la percepción de la prestación. La ministra ha explicado que de primeras se reconocerá la prestación y, en caso de que el beneficiario tenga hijos, se le pagará el complemento correspondiente (con un hijo la prestación máxima es de 1.254 euros al mes y con dos se superan los 1.400 euros).

La ministra de Trabajo también ha informado de que el Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a la posibilidad de que los consejos rectores de los socios cooperativistas puedan presentar ERTEs.

Preguntada por la petición de los empresarios de que se suprima la condición de mantener el empleo durante seis meses después del ERTE, Díaz ha remarcado que la legislación que regula los ERTEs exige normalmente el mantenimiento de los puestos de trabajo durante un año, mientras que ahora se pide sólo seis meses.

"Todo el mundo está sufriendo las consecuencias de esta enorme crisis sanitaria y hay muchas empresas que están siendo ejemplares", ha apuntado, tras pedir a todas las compañías que mantengan sus puestos de trabajo.

Prestación por desempleo

Sobre si el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) está colapsado y hay riesgo de que los afectados no cobren el paro el día 10 de cada mes, como es habitual, la ministra ha puesto de relieve que se está trabajando a "destajo", ha reconocido el trabajo de los empleados públicos del SEPE y ha resaltado que a día de hoy estos trabajadores tienen todos los sistemas para desarrollar su actividad.

"Están haciendo su trabajo de manera magnífica, pero tranquilidad porque los expedientes se van a tramitar y las prestaciones públicas de desempleo se van a reconocer con prontitud", ha añadido.

De hecho, ha subrayado que las prestaciones públicas que se han ido reconociendo a diario se van a pagar, como siempre, el día 10 de cada mes. Por ello, ha mandado un mensaje de tranquilidad a los afectados.

Imposibilidad de aplicar ERTEs en hospitales, residencias y centros de día

Asimismo, el decreto también considera a los centros sanitarios y de cuidado de mayores y dependientes, tanto públicos como privados, como servicios esenciales, obligando el mantenimiento de su actividad durante la crisis y prohibiendo la tramitación de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en centros sanitarios y de atención a mayores o dependientes.

En concreto, aquellos hospitales, ambulatorios, centros de día o de mayores, residencias de titularidad pública, privada o cualquiera que sea su régimen de gestión que determinen el Ministerio de Sanidad o la Vicepresidencia de Derechos Sociales y Agenda 2030 no podrán tramitar ERTE conforme a la nueva norma, según ha informado el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Con las nuevas medidas aprobadas el Gobierno prevé que los centros sanitarios y de atención a mayores o dependientes mantengan su actividad independientemente de cuál sea su modelo de gestión.

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