VALÈNCIA.El Consell ha aprobado el proyecto de ley que regula el Fondo de Cooperación Municipal de los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunitat Valenciana.
Con este texto legal, la Generalitat actúa como garante del municipalismo y subraya la importancia estratégica de lo local, interviniendo para corregir desequilibrios y desigualdades, dada la necesidad de un sistema de financiación local que sea eficiente y estructurado, y fortalezca el nivel básico, es decir el municipal.
Por lo tanto, el objetivo de esta ley es profundizar en la garantía de un sistema estable de financiación local, con el objetivo de asegurar una gestión pública de calidad en el ejercicio de las competencias municipales.
Para ello, establece la dotación de un fondo autonómico de financiación local que, de una manera incondicionada, objetiva y transparente, dé cobertura al principio de autonomía local y proporcione estabilidad al sistema.
A través de esta ley se establece la cofinanciación del Fondo de Cooperación Municipal, entre la Generalitat y las diputaciones provinciales, conforme al principio de proporcionalidad y equidad territorial, con el objeto de garantizar que toda la ciudadanía reciba un nivel mínimo de prestaciones en los servicios públicos locales, y que no se produzca ningún tipo de diferencias injustificadas en la financiación de los municipios por su ubicación territorial.
Este fondo se basa en los principios de objetividad, transparencia, publicidad y equidad y constituye un factor de articulación, equilibrio y cohesión territorial.
Además, la ley señala que los municipios y las entidades locales menores podrán destinar los recursos que reciban al desarrollo general de sus competencias, sin vinculación a un objetivo o finalidad concreto.
Cabe recordar que el Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana viene recogido en el artículo 64 del Estatuto de Autonomía; fue creado mediante la Ley 8/2010 de la Generalitat, y posteriormente desarrollado reglamentariamente a través del Decreto 51/2017, del Consell.
Esta regulación establecía que las diputaciones podían participar voluntariamente en la primera fase de implementación del fondo, mientras que la Generalitat ha distribuido, desde su puesta en funcionamiento, un total de 40 millones de euros anuales, complementados con las aportaciones de las diputaciones de Castellón y Valencia.
Sin embargo, la participación de las distintas diputaciones provinciales no ha sido completa, lo que ha provocado disfuncionalidades del sistema, dado que los municipios han recibido financiación básica diferente en función de la provincia a la que pertenecen.
Por todo ello, la Generalitat considera necesario un nuevo sistema de cooperación y coordinación en el ámbito de la financiación básica municipal, mediante el que se garantice, mediante una norma con rango de ley, estabilidad del sistema de financiación local, equidad territorial para los municipios y entidades locales menores que prestan servicios públicos esenciales desde la proximidad, así como sostenibilidad financiera para estos municipios.
Declaración de interés general
Para lograr estos objetivos, la ley declara expresamente de interés general de la Comunitat Valenciana, de conformidad con el apartado 3 del artículo 66 del Estatuto de Autonomía, las funciones de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica de las diputaciones provinciales a los municipios, configurándose la participación de las diputaciones como una necesidad básica para el desarrollo de este fondo.
Por otro lado, la ley también crea la comisión de colaboración y coordinación del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana como órgano de participación encargado de la implementación, el seguimiento y control de la ejecución anual del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana.
Entre las principales funciones de la comisión cabe destacar el estudio y propuesta anual de las cuantías a consignar presupuestariamente, durante cada ejercicio, por cada una de las Administraciones participantes en el Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana.
Estas aportaciones tendrán el carácter de transferencias a los municipios y entidades locales menores, con objeto de financiar globalmente las actividades y servicios que les correspondan en virtud de las competencias que hayan asumido, y serán compatibles con la percepción de las aportaciones de las líneas específicas del Fondo de Cooperación Municipal de la Lucha contra el Despoblamiento y del Fondo de Cooperación para los municipios turísticos de la Comunitat Valeniciana.
Cabe recordar que estas transferencias forman parte y están vinculadas al sistema de financiación autonómica de las corporaciones locales valencianas, sin que en ningún caso tengan naturaleza de subvención.
Plan sectorial de financiación
El Consell, como órgano de coordinación, deberá aprobar durante el primer semestre de cada ejercicio el Plan Sectorial de financiación básica del Fondo de Cooperación Municipal para el siguiente ejercicio.
Este plan, en el que participarán las diputaciones con la finalidad de armonizar los intereses públicos afectados a través de la comisión de colaboración y coordinación del Fondo de Cooperación Municipal, contendrá un análisis de la situación de financiación de los municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana, la fijación de las prioridades estratégicas, la determinación de las cuantías globales a aportar por la Generalitat y cada diputación provincial y el resto de directrices de coordinación necesarias que se puedan prever reglamentariamente.