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Derecho de escolarización en el propio municipio y más puntos por renta, principales novedades en la admisión de alumnos

30/03/2020 - 

VALÈNCIA (EP). El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica este lunes el nuevo decreto que regula la admisión de alumnos en los centros docentes, públicos y concertados que imparten Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato. 

Entre las principales novedades que presenta la norma, destaca el derecho de escolarización en el propio municipio o zona de escolarización establecida y el incremento de la puntuación obtenida por el criterio de renta.

La propia normativa recuerda que el Consell ya introdujo cambios en el proceso de admisión del alumnado mediante el Decreto 40/2016, de 15 de abril, con la voluntad de "asegurar la mayor transparencia, eficacia y eficiencia posible, así como garantizar el ejercicio real de la libertad de elección de centro por parte de las familias".

Sin embargo, añade, "por la experiencia de su aplicación a lo largo de estos cuatro años, se ha considerado oportuno realizar algunas modificaciones para mejorar la eficacia del procedimiento de escolarización y de consolidar el objetivo de que todo el alumnado acceda en condiciones de igualdad".

Entre estos cambios figura el derecho a la escolarización en su propio municipio o zona de escolarización establecida. El artículo queda redactado de la siguiente forma: "Todas las personas tienen derecho a un puesto escolar gratuito que les garantice, en condiciones de igualdad y calidad, la enseñanza básica y el segundo ciclo de Educación Infantil, en su propio municipio o zona de escolarización establecida. Este derecho se corresponde con la obligatoriedad de su escolarización en un centro docente durante la enseñanza básica".

Además, se establecen nuevos criterios de puntuación relativos a la renta, otorgando una puntuación más progresiva en función de los ingresos familiares. Anteriormente el valor máximo era de dos puntos y con la modificación pasa a valer hasta tres puntos y medio, otorgándose de manera progresiva entre las familias con menos recursos. La condición de persona destinataria de la renta valenciana de inclusión se valorará con 4 puntos, según detalla el texto publicado en el DOGV consultado por Europa Press.

Asimismo, se modifica el procedimiento del sorteo público para los desempates con el fin de hacerlo "más justo e igualitario". De este modo, se dirimirán aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida en los criterios siguientes: existencia de hermanos o hermanas, u otra persona que se encuentre en situación de acogida familiar o en guarda con fines de
adopción, matriculados en el centro; padre, madre o tutores legales trabajadores del centro; proximidad del domicilio donde resida el alumno o alumna o del puesto de trabajo de alguno de sus padres; destinatario de la renta valenciana de inclusión; renta familiar; ser familia numerosa;
discapacidad en el alumnado o sus padres; ser familia monoparental y expediente académico (solo en enseñanzas post obligatorias).

En las situaciones de empate que se produzcan después de aplicar estos criterios, la ordenación de las solicitudes afectadas se hará por sorteo público, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Conselleria de Educación.

Menores en acogida o víctimas de violencia

Otra de las modificaciones del decreto es que recoge la prioridad en el acceso al centro educativo de niños y adolescentes en acogida residencial, en acogida familiar o en guarda con fines de adopción. Además, se da una mayor prioridad al alumnado que tenga que cambiar de residencia a causa de violencia de género o de terrorismo

Asimismo, este lunes también se han publicado las modificaciones del Decreto 135/ 2014, de 8 de agosto, por el que se regula el acceso a ciclos formativos de Formación Profesional Básica. En ellas se establece la unificación de los procedimientos de admisión, suprimiendo las referencias al proceso extraordinario de admisión.

 

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