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Decenas de interinos llevan a los tribunales a la Generalitat para que los convierta en fijos

Foto: EFE/KAI FÖRSTERLING
27/05/2021 - 

VALÈNCIA. La batalla jurídica de los interinos contra la Generalitat Valenciana se ha intensificado en las últimas semanas a raíz de la última sentencia europea sobre el abuso de esta figura en las administraciones públicas. Una sentencia que ha dado alas a sus exigencias y que ha motivado que decenas de personas hayan llevado a los tribunales a la Conselleria de Justicia y Administración Pública que dirige Gabriela Bravo para que les convierta en personal fijo. 

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, conocida en marzo de 2020 y referente a un caso de la Comunidad de Madrid, reconocía la desprotección y el abuso que sufren trabajadores interinos del sector público español. Pero más allá de admitir que este colectivo se encuentra en situación de abuso y fraude de ley, instaba también al Estado a aplicar medidas para zanjar esta temporalidad y a transponer las directivas europeas. A raíz de esta sentencia, varios interinos presentaron un escrito a la Administración valenciana para que o bien se reconociera su carácter de personal fijo, sus plazas no salieran convocadas en futuras Ofertas Públicas de Empleo (OPE) o bien fueran indemnizados. 

Unas peticiones que, según el sindicato CSIF, la Conselleria de Función Pública no respondió en el plazo máximo establecido que marca la Ley de Procedimiento Administrativo, que es de seis meses. El silencio administrativo (negativo en este caso y que, por tanto, implica rechazar las peticiones de los demandantes) ha dado paso a que varias trabajadores públicos temporales den un paso más allá y pasen de la vía administrativa a la judicial: al menos una veintena de interinos han interpuesto un recurso contencioso-administrativo para obligar a la Generalitat a responder a las solicitudes que han planteado. 

Ahora bien, a pesar de que el número de interinos que reclaman a la Generalitat convertirse en fijos por el momento es de apenas 28 personas, la cifra podría verse incrementada en los próximos días, pues el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) emplazó este mismo miércoles a las personas que puedan estar interesadas a sumarse a estos recursos. 

La sentencia europea, cabe apuntar, deja en manos de la justicia española las medidas sancionadoras para compensar la situación de estos trabajadores. De manera que tienen que ser los tribunales nacionales los que decidan en cada caso si obligan a la administración pública empleadora a hacer fijo al trabajador o a pagarle una indemnización por término de contrato o despido, a la que no tienen derecho según la normativa nacional. 

Sentencia favorable en Alicante

Por el momento, fuentes de UGT estiman que la probabilidad de que los recursos prosperen podrían no ser muy alentadoras, pero recuerdan la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Alicante que convirtió en fija a una interina que llevaba trece años con contrato temporal. Un fallo que condenó al Ayuntamiento de la ciudad a mantener en adelante a la empleada en su puesto con los mismos derechos de estabilidad e inamovilidad que los funcionarios de carrera, pero sin serlo.

La magistrada consideró que la sanción era "más acorde y equilibrada" al abuso en la contratación temporal en que incurrió el consistorio alicantino y recordó que la práctica fue abolida por el Derecho comunitario como ya denunció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

La demandante, cabe recordar, fue la primera interina en conseguir que condenaran a una administración tras llevar trece años trabajando en el consistorio alicantino y reclamar al ayuntamiento que le hicieran fija. Petición que fue denegada y que motivó que la mujer denunciara el fraude de ley en que estaba incurriendo la administración conforme a la Directiva 1999/70/CE del Consejo. 

Recientemente, el pasado 19 de mayo el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) estimó el recurso de apelación que interpuso el Ayuntamiento de Alicante, revocó la sentencia y dejó dejamos sin efecto el recurso contencioso interpuesto por la empleada. Eso sí, la sentencia en este caso tenía ciertos matices. Aunque el tribunal falló a favor del consistorio, reconoció en los fundamentos de derecho que compartía con la sentencia del juzgado de Alicante que era "recusable y no debidamente justificada la falta de inclusión de la plaza en previas OEP diferenciadas a la aludida" como razón esgrimida por parte del Ayuntamiento para rechazar convertirla en fija. Sin embargo, a pesar de compartir con la sentencia del juzgado contencioso-administrativo esta tesis, determinó que su caso no contaba con un "respaldo normativo o jurisprudencial lo suficientemente sólido". 

Así, concluía con una sentencia del Tribunal Supremo en la que se dictaba que la solución jurídica aplicable no era "la conversión del personal que fue nombrado como funcionario interino en personal indefinido no fijo" sino que se mantuvieran los derechos "profesionales y económicos" de los interinos hasta que la administración cumpla con lo que diga el Estatuto Básico del Empleado Público en su artículo 10. Es decir, hasta que este personal sea contratado realmente "por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia" y no superen los tres años de contrato "ampliable a doce meses". 

El centenar de los interinos del Cap i Casal

Los recursos contencioso-administrativos de los interinos de la Administración de la Generalitat de ahora se suman ahora también a los que hace ya casi un año presentaron un centenar de empleados del Ayuntamiento de València. La Junta de Gobierno Local desestimó el pasado mes de julio 41 solicitudes de interinos con el objeto de que se equiparasen sus plazas a las de funcionario de carrera. A estas se sumaron además las demandas de otros 60 interinos del mismo consistorio cuyos recursos ya habían llegado al TSJCV. 

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