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Archivan la causa contra Serafín Castellano por fraccionar contratos para su amigo Taroncher

29/02/2020 - 

VALÈNCIA. El magistrado del Juzgado de Instrucción número 19 de Valéncia, Alberto Jarabo, archivó este viernes el procedimiento abierto contra el exconseller del gobierno de Francisco Camps y ex delegado del Gobierno Serafín Castellano, por un presunto delito de prevaricación dentro del caso Avialsa. El exconseller ha salvado la primera piedra en el camino, aunque todavía le queda un importante periplo judicial por delante. 

Según la acusación ejercida por la Abogacía de la Generalitat, Castellano habría fraccionado diversos contratos para adjudicarlos a su amigo, el empresario ya fallecido José Miguel Pérez Taroncher, durante dos épocas diferentes. La primera como conseller de Sanidad y la segunda como conseller de Gobernación y Justicia.

Pero a Castellano todavía le queda otro escollo que salvar como imputado: la Audiencia Nacional investiga el presunto amaño de contratos relacionados con la extinción de incendios, un caso con ramificaciones internacionales que llegan a Italia, Portugal y Grecia. Esa vía judicial sigue abierta y, por el momento, Castellano está imputado.

Fraccionamiento

En el auto, el juez basa su archivo en el informe del Ministerio Fiscal. Es más, el magistrado directamente escribe: "Pese a las alegaciones esgrimidas por la Abogacía de la Generalitat -pide procesar-, estimamos que procede estimar el sobreseimiento de las actuaciones, en base al detallado y muy fundamentado informe del Ministerio Fiscal, que por su probidad, debe integrar esta resolución, como argumento propio justificativo de la decisión que tomamos ahora". 

Hasta tal punto ve el magistrado destacable el trabajo de la fiscal del caso, que llega a decir en su auto de archivo: "Literalmente transcribimos algunos extractos de su informe, que declaramos expresamente fundamento de derecho". Este comportamiento por parte de un magistrado ante el escrito de un fiscal no es, ni mucho menos, habitual.

Motivos

La denuncia contra Castellano venía referida a tres tipos de contratos. Los primeros los que se hicieron cuando estaba al frente de la Conselleria de Sanidad, entre los años 2000 y 2003. Los segundos, los firmados con Taroncher por Sanidad pero cuando Castellano ya no era conseller; y, por último, los otorgados a este empresario cuando Serafín Castellano dirigía la Conselleria de Gobernación y Justicia.

En referencia al primer tipo de contrato dice el magistrado, basándose en el informe de la fiscal que el año 2000 "carece de relevancia penal". Con respecto a los años siguientes, y una vez examinados los expedientes de contratación, cerca del 50% de los contratos se hicieron negociados, uno con enriquecimiento injusto y, el resto, fueron contratos menores.

De los menores, dice el informe de la Intervención que "no se obtiene evidencia documental suficiente para apreciar la existencia de un fraccionamiento de contratos al objeto de evitar la pública concurrencia". Por lo que a juicio del magistrado, las adjudicaciones a Taroncher "no revisten caracteres de infracción penal".

En la segunda etapa, entre 2004 y 2010, cuando Castellano ya no era conseller de Sanidad, dice el auto que si comparamos esta etapa con la anterior que sí dirigía el investigado, "tampoco se observa variación relevante en el volumen de adjudicaciones entre una y otra que permita anudar la estrecha amistad del contratista con el órgano de contratación". En la tercera etapa explica el magistrado que, como en los anteriores, “Castellano no era el conseller”. 

En cuanto a las conclusiones, dice el auto que se alcanzan las mismas que en las etapas anteriores, ya que no existe constancia de ningún pago superior a 30.000 0 50.000 euros ni evidencia suficiente que permita afirmar la existencia de fraccionamiento de contratos.

Gobernación y Justicia

Sobre la época de Castellano al frente de la Conselleria de Gobernación y Justicia, los contratos analizados son los firmados entre los años 2007 y 2008. De éstos, dice el magistrado Alberto Jarabo que el informe de la Intervención indicaba que se detectaron pagos por casi 57.000 euros que sugerían un posible fraccionamiento.

Sin embargo, dice el juez que como no disponía de los documentos que conformaban el expediente de contratación, "no tenía evidencia documental suficiente, para afirmar de forma fehaciente, la existencia de dicho fraccionamiento". También añade que para completar ese informe, se solicitó un informe complementario. Según el magistrado, las conclusiones de ese segundo informe decían, tras analizar toda la información que no se pudo mirar en el primero, que "se cumplieron todos los requisitos exigidos por la legislación vigente en cada momento" para los expedientes bajo sospecha.

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