MADRID. (EFE) La Fiscalía Anticorrupción ha reiterado esta semana su oposición a que la comercialización de participaciones preferentes se dirima en la Audiencia Nacional, instando al archivo de las de Caja Madrid, Bancaja y la CAM, las únicas que sobreviven en la vía penal.
Las preferentes son un instrumento financiero emitido por una sociedad que no otorga derechos políticos al inversor, ofrece una rentabilidad supeditada a la obtención de beneficios y cuya duración es indefinida, aunque el emisor se suele reservar el derecho de cancelación a partir del quinto año.
En total, unos 700.000 pequeños inversores adquirieron preferentes desde el inicio de su comercialización en España, y gran parte de ellos se acogieron al sistema de canjes por acciones y al proceso de recompra y arbitraje.
La nomenclatura de estos valores tiene su origen en la traducción del concepto "preference shares", aunque omitiendo el término acción, ya que no tienen esa calificación jurídica.
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) las califica como instrumentos complejos y de riesgo elevado por su rentabilidad variable y no garantizada, y sus tenedores son los últimos en cobrar en caso de quiebra de la entidad, sólo antes de los accionistas.
Primera condena a Caja Madrid
En 1988, BBVA y Santander ofrecen por vez primera preferentes a inversores nacionales, y un año después la CNMV autoriza a Bancaja la primera emisión de preferentes realizada por una caja de ahorros.
Transcurrieron cinco años hasta que, en 2004, la justicia condenó por primera vez a una entidad financiera (Caja Madrid) a indemnizar a una cliente por aconsejarla la adquisición de preferentes, al considerar que es producto de riesgo.
La directiva europea de servicios financieros Mifid, de 2007, que obligaba a las entidades a informar a sus clientes sobre el riesgo implícito en cualquier inversión puso en evidencia la liberalidad con la que se habían comercializado en España, y las convirtió en el paradigma de la codicia de bancos y cajas.
Pero desde el primer momento, la Fiscalía Anticorrupción se mostró contraria a emplear la vía penal para aclarar responsabilidades.
Pocos días después de que, en 2013, la Audiencia Nacional admitiera a trámite, como pieza separada de la causa sobre Bankia, una querella de UPyD por la comercialización de preferentes, Anticorrupción pidió que no se investigara, criterio que desde entonces no ha variado.
Y ello pese a que la CNMV había abierto expediente a 17 de las 19 entidades que habían emitido preferentes, prácticamente todas con excepción de los grandes bancos; en la mayoría de los casos, se llevaron a cabo canjes por acciones de la propia entidad, o los afectados acudieron a la vía civil, donde de forma mayoritaria los tribunales les dieron la razón.
Reclamación por vía penal
Pero en algunos casos muy sonados, como Caja Madrid, Bancaja o la CAM, las acusaciones populares, representadas por asociaciones como Adicae o el sindicato de las antiguas cajas Confederación Intersindical de Crédito (CIC) han insistido reiteradamente en reclamar por la vía penal, topándose siempre con la oposición frontal de la Fiscalía.
En sucesivos escritos, Anticorrupción destaca que frente a la pretensión de que se utilizaron para "captar activos y disfrazar la situación de insolvencia" de las cajas, no existen elementos que permitan afirmar que en la fecha de la emisión los responsables -de Bancaja o Caja Madrid- conocieran que las entidades iban a situarse en una situación de insolvencia "que despojaría de su inversión a miles de inversores".
La emisión de preferentes entre minoristas tuvo por objeto mejorar la capitalización de las entidades, "algo conocido por reguladores y supervisores y que en sí mismo no reviste naturaleza delictiva".