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Trabajo propone el permiso retribuido no recuperable para los funcionarios afectados por la Dana

VALÈNCIA. 

A su vez, informamos de las medidas que ha anunciado el Ministerio de Trabajo para su aprobación en el Consejo de Ministros de hoy, y posterior publicación en el BOE, que serían de aplicaciones a todas y todos los trabajadores del país:
1.- Todas las reformas anunciadas seran desde el mismo día de la DANA (29 octubre).
2.- No se circunscribe a los 11 municipios afectados. Si no, a todo aquel domicilio-centro de trabajo afectado por la DANA.
3.- Ante riesgo en su seguridad de cualquier caracteristica en el desplazamiento no tienen que ir a trabajar. Permiso retribuido NO recuperable.
4.- Si en su localidad hay labores de reparacion, limpieza de lodos, no tendran que ir a trabajar. Permiso retribuido NO recuperable.
5.- Derecho a ausentarse para superar el duelo por fallecimiento, perdida de enseres, vehiculos. Permiso retribuido NO recuperable.
6.- Por cuidado de cualquier vínculo afectivo (ascendientes, pareja, desdecientes). Permiso retribuido NO recuperable.
7.- Si se ha perdido la conectividad ferroviaria o hay una conexion deficiente con el centro de trabajo. Permiso retribuido NO recuperable.
8.- Si hay ERTE por fuerza mayor, se concederan automaticamente sin cotizacion previa ni periodo de carencia. No consumen desempleo. Obligacion de mantenimiento del empleo. No se puede externalizar ni realizar nuevas contrataciones para suplir a estas personas.
9.- No se perdera salario ni cotizaciones por no ir a trabajar por esos motivos.
10.- Las personas con cargas familiares tendran derecho a solicitar la adaptación de jornada por no poder llevar a los hijos a clase, si no optan por el permiso retribuido NO recuperable.

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