INDEMNIZACIÓN DE 10.000 EUROS

Un juzgado de Alicante condena a Telefónica por incluir indebidamente a un cliente en ficheros morosos

23/11/2021 - 

ALICANTE (EFE). Un juzgado de Alicante ha condenado a Telefónica de España a pagar una indemnización de 10.000 euros a un cliente por intromisión ilegítima en su derecho al honor al incluir sus datos personales en dos ficheros de solvencia patrimonial incumpliendo los criterios establecidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

Así consta en una sentencia dictada el pasado 29 de septiembre por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Alicante y contra la que cabe recurso de apelación, en la que estima en lo sustancial la demanda interpuesta por esa persona contra la compañía.

El demandante alega que su inclusión en esos ficheros por una deuda de más de 400 euros, ya saldada desde agosto de 2018, le ha supuesto un daño moral y patrimonial, por lo que exige a la compañía la cantidad de 10.000 euros.

En el fallo, al que ha tenido acceso Efe, la juez declara hechos probados que la parte demandante concertó el 3 de junio de 2015 los servicios de Telefónica identificados como 'Tarifa Vive 12' (asociada a una línea de móvil) y 'Movistar Televisión Contigo ADSL'.

Expone que Telefónica de España dio de alta al cliente en el fichero Badexcug/Experian, el 10 de febrero de 2016, por la existencia de una deuda de 316,78 euros y en el fichero Asnef-Equifax, el 8 de mayo del siguiente año, por una deuda de 87,14 euros.

La resolución judicial confirma que, el 27 de agosto de 2018, el cliente abonó la cantidad de 426 euros en favor de la compañía, con la que se saldó la deuda.

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