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la reforma permitiría nombrar un candidato sin necisidad de consenso

Transparencia cambia la ley de Antifraude para elegir al director de la agencia sin la oposición 

Foto: KIKE TABERNER
21/07/2022 - 

VALÈNCIA. Las consellerias del Botànic II están aprovechando estos días estivales para sacar a información pública algunas modificaciones legales que pretenden acometer a través de la Ley de Acompañamiento de 2023. Algunas de ellas son especialmente significativas y a buen seguro se convertirán a la vuelta de las vacaciones de verano en los principales campos de batalla entre los socios del tripartito por las diferencias que existen de partida entre ellos. 

Un ejemplo de ello es la rebaja de las multas que pretende el PSPV a las compañías turísticas por infringir la ley de Turismo que Compromís y Unides Podem no piensan aceptar. Pero no será el único. La Conselleria de Participación y Transparencia que dirige Rosa Pérez busca reformar también de arriba abajo una ley de su competencia, la de la Agencia Valenciana Antifraude, e introducir importantes cambios que afectan ni más ni menos que a las mayorías necesarias para que Les Corts Valencianes elijan al director del organismo

La ley actual recoge que el máximo responsable de la Agencia lo nombra el pleno del Parlamento por mayoría de tres quintas partes, 67 diputados, y si esta no se alcanza "se harán nuevas propuestas por el mismo procedimiento en el plazo máximo de un mes" hasta que finalmente sea elegido algún candidato. Un redactado que obligaría a los partidos que integran el Gobierno valenciano -PSPV, Compromís y Unides Podem- a buscar un candidato que generara consenso con la oposición -PP, Ciudadanos o Vox-, dado que el tripartito apenas suma 52 escaños

La modificación propuesta ahora y publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), sin embargo, cambiaría este escenario. En primera votación, la ley mantiene que será obligatorio que el candidato que postulen los grupos obtenga una mayoría de tres quintos. Pero Transparencia añade que, si no se obtuviera, "en la segunda votación, que se realizará dentro del plazo de un mes, bastará mayoría absoluta". Un cambio que no es intranscendente porque evitaría en todo caso cualquier tipo de bloqueo y permitiría al gobierno de turno elegir al director del ente en solitario, sin necesidad de pactar ningún candidato con la oposición

La magnitud de un cambio de este tipo, sin embargo, no pillará desprevenidos a los integrantes de la Agencia. De hecho, fuentes del organismo reconocen que es una reforma que venían barruntando en el seno de Antifraude desde hacía tiempo e incluso, en ejercicios anteriores se llegaron a plantear presentar una proposición de ley en Les Corts para modificar este artículo, si bien finalmente lo descartaron. 

Pero ahora ha sido el propio ente el que ha introducido esta salvedad para no encontrarse en un callejón sin salida en mayo de 2024, cuando acabe el mandato del actual director Joan Llinares. De hecho, el propio documento colgado en la web de la Conselleria de Participación viene con una marca de agua de Antifraude, por lo que ha sido la propia agencia la que ha elaborado la totalidad del documento. El motivo no es otro que el de evitar toparse con una situación de bloqueo que impida renovar el órgano y obligar al actual dirigente a mantenerse en funciones hasta que gobierno y oposición pacten. Algo que ya ha ocurrido en otras instituciones como, por ejemplo, en el Consejo de Transparencia que se encuentra en situación de interinidad desde noviembre de 2020. Antecedentes, por tanto, hay y se quieren evitar.

Ahora bien, existen serias dudas de que finalmente pudiera aprobarse una modificación de este tipo por las consecuencias que podría traer aparejadas. Si se validase y hubiera un cambio de gobierno a partir de mayo del próximo año con el PPCV al frente de la Generalitat, los populares podrían ser quienes designaran al director de la Agencia Antifraude bien en solitario -en función del número de diputados que obtuviera- o con la ayuda de Vox sin tener que pactar con PSPV, Compromís y Podem (en caso de que obtuviera representación). 

Un dardo envenenado que supondría darle herramientas al Partido Popular para aplicar el "rodillo" del que tantas veces se quejaron antaño los partidos de izquierdas, pero que también ha aplicado el tripartito en algún momento a lo largo de estos dos mandatos. Sin ir más lejos, el Botànic aprobó el año pasado una reforma de la ley de À Punt para poder elegir al presidente de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC) en solitario tras la salida de Enrique Soriano

Nombramientos e infracciones

La reforma, además, introduce otros cambios significativos en la ley que afectan al nombramiento de los integrantes de la Agencia, al régimen de sanciones y a las infracciones que perseguirá el organismo. En el primer caso, Antifraude incluye que en caso de que quien ostente la dirección sea un funcionario, no podrá percibir un sueldo inferior al que percibía cuando trabajaba en la Administración valenciana. 

Una modificación para evitar dificultades añadidas a la hora de encontrar candidatos que quieran dirigir el ente y que también se introduciría para el resto de funcionarios que conformen la plantilla de manera que se sortee que los funcionarios que pidan el traslado para trabajar en la Agencia pierdan poder adquisitivo. Para ello, expone que el personal al servicio de este órgano estará sujeto a lo dispuesto en la ley "incluyendo la equiparación retributiva" y en caso de que vuelva a la Administración en la que ejercía previamente sus funciones, obliga al departamento en cuestión a "reconocer y abonar" el complemento de carrera profesional. 

Antifraude también quiere que se le dé la potestad al director de la agencia de nombrar a dos asesores que trabajen en el gabinete del organismo, de manera que la plantilla no esté conformada únicamente por funcionarios. Estos cesarían "en el momento de la toma de posesión de un nuevo director o directora". 

El documento también incluye cambios que afectan a las infracciones. Entre ellas, Antifraude amplía la categoría de muy graves para incorporar como tales "la realización de cualquier acto que obstaculice o intente obstaculizar la presentación de denuncias ante la agencia", "cualquier acción u omisión que provoque la revelación de la identidad de la persona denunciante" o "cualquier tipo de coacción a las personas que presten servicios en la agencia". 

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