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apuntes mercantiles / OPINIÓN

¿Tiene sentido registrar la marca de mi empresa?

3/05/2024 - 

Destacar entre la multitud es esencial teniendo en cuenta el vertiginoso mundo empresarial en el que nos movemos hoy en día, y un aspecto clave para el éxito de una empresa. Para ello, es imprescindible contar con un signo distintivo único y reconocible. No obstante, ¿es necesario protegerlo a través de un registro oficial?

La respuesta es la siguiente: rotundamente, sí. Al registrar la marca, el titular obtiene un derecho exclusivo de uso en relación con los productos y servicios que desea comercializar y el territorio en el cual precisa la protección. Dicho de otra forma, al ser titular de una marca registrada, se consigue la seguridad de que nadie más podrá utilizar esa marca (al menos, no legalmente), en un territorio delimitado y para identificar el producto o servicio seleccionado, lo que significa que los clientes podrán confiar en que están recibiendo autenticidad y calidad cada vez que contratan con el titular. Esto, además, ayuda a evitar confusiones entre los consumidores, y no sólo frente a imitaciones o productos de competidores, sino también frente a otros productos o servicios que pudieran estar relacionados, ya que el consumidor podría pensar que existe cierta asociación entre las empresas que los comercializan.

Tras conseguir satisfactoriamente el registro, el titular de la marca consigue el derecho a interponer acciones legales frente a un quebranto de su derecho, además de una prueba de alto valor ante los Tribunales; su certificado de titularidad. Por supuesto, tal certificado no supone un derecho inquebrantable, pero sí un principio probatorio por defecto que sólo podrá ser impugnado por aquél que mantenga la inexactitud registral, recopilando para ello todas las pruebas que fundamenten su alegación. En cualquier caso, el registro del signo distintivo se alza como un rasgo clave para proteger el negocio y su reputación, pues con el mismo se podría fundamentar la llamada "apariencia de buen derecho" tan necesaria para emprender medidas cautelares anteriores al propio juicio (por ejemplo, la retirada del producto de su comercialización).

Además, si se planea la expansión de la empresa a nivel internacional, puede ampliarse el registro de dicha marca en cada país donde se planee operar, obteniendo legalmente la protección del registro en esas jurisdicciones. En este sentido, puede optarse por uno o varios registros nacionales (tanto en España como en el extranjero), por un registro único europeo, o por un registro internacional único (Sistema de Madrid) que, pese a no englobar todos los países del mundo, aglutina mediante una única solicitud los registros de 130 países.

El registro es clave, además, en tanto permitirá estar al tanto de nuevas solicitudes de registro y, en su caso, plantear una oposición al mismo. Todas las solicitudes se publican en el boletín del registro en cuestión, por lo que alegar un derecho previo es esencial para impedir el acceso al mismo de signos que puedan causar un perjuicio a nuestro negocio.

En resumen, el registro de marca es una inversión en el futuro de cualquier empresa. Al construir una marca sólida, se consigue proteger la identidad comercial (con todos los beneficios que ello conlleva) y dar un paso adelante en el competitivo mundo empresarial, logrando una protección jurídica relevante que ampare posibles infracciones de marca, y mitigando el riesgo de asociación o confusión con otros proveedores de servicios o productos.

No hay que olvidar que una marca registrada no es sólo un nombre: se considera un intangible de la empresa, por lo que puede convertirse en un valioso activo comercial que potencialmente aumentará el valor de misma. De esta forma, a medida que la marca gane reputación y reconocimiento, también lo hará el valor del negocio que la ostenta.

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