marina baixa

El TSJ anula el contrato del transporte escolar de Benidorm y condena a la Generalitat con 226.000 euros 

4/07/2024 - 

BENIDORM. La Sala de lo Contencioso-Admnistrativo Sección Quinta del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado la adjudicación del contrato para el transporte escolar de los municipios de la Marina Baixa. La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, también condena a la Generalitat Valenciana al pago de 226.924,13 euros a la segunda clasificada, que es la demandante, por no haber podido ejecutar el primer año de contrato, además de parte de las costas procesales. No obstante, el fallo puede ser recurrido en casación. 

El concurso publico se inició con el anterior gobierno valenciano del PSPV, Compromís y Unides Podem-Esquerra Unida en diciembre de 2022, pero no fue hasta junio de 2023 cuando se adjudicaron todos los lotes de la Comunitat. Entre ellos se encontraba el de la Marina Baixa, al que se presentaron dos ofertas. Por un lado, la de la Unión Temporal de Empresas (UTE) formada por 'Autobuses Esteve SL y otros' y la de Medel Orozco Tours S.L junto a otras siete sociedades. En el historial de hechos, la primera gana el procedimiento de licitación y la segunda, que había sido la favorita en la propuesta previamente, recurre el acuerdo que finalmente se decanta por su competidora.

En un primer lugar, lo hacen frente al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), que resuelve a favor de la administración local. Es por esto que en agosto, ya con el gobierno del PP y Vox, se formaliza el contrato con la empresa, que presta el servicio durante el curso recién terminado.

Tras la resolución del TACRC, la otra UTE interpone un recurso contencioso-administrativo contra la adjudicación, que ahora estiman de manera parcial en el TSJCV. En su demanda defienden dos puntos. Por un lado, la falta de legitimación de la firmante de la oferta ganadora, aspecto que desestima la Sala en el fallo del pasado 20 de junio. Pero sí admite la segunda parte, en lo relativo a la falta de justificación de disponibilidad de unos vehículos que no estaban matriculados en el plazo previsto

El Tribunal considera que no se da "el compromiso de adscripción a medios" que defendía el TACRC, y por lo tanto, expresan que "tomar en consideración algunos de los vehículos" de esta oferta ganadora "ha supuesto dar a esta unión temporal de empresas un trato desigual frente al resto de licitadores". De este modo, argumenta que se han puntuado cuando aún estaban en proceso de fabricación. "Transgrediendo, por tanto, la taxativa necesidad de que contasen ya con la tarjeta de inspección técnica de los mismos y que fuesen certificados por parte de la dirección territorial de industria", continúa.

Indemnización

El fallo estima parcialmente la demanda, para lo cual, anulan los acuerdos de adjudicación y se le reconoce el derecho a los demandantes a que se les encargue este servicio al haber obtenido la segunda mejor puntuación: 91,23 puntos frente a los 92 puntos de la UTE ganadora inicialmente. No obstante, esto está condicionado a que desde Medel Orozco Tours y el resto de la unión cumplan con las exigencias contractuales.

En este sentido, sí se les otorga una indemnización que corresponde al primer año que no han podido ejecutar el contrato. La cuantía se establece en un 6% del precio de adjudicación de este lote para este curso. Así, dividen el precio en tres, que son los años de vigor, dando como resultado 3.782.085,5 euros anuales sobre los que se aplica el porcentaje. En total, los mencionados 226.924,13 euros. A su vez, el interés de demora se tendrá que conceder si finalmente se les adjudica el servicio para los próximos dos cursos. Finalmente, se imponen las costas procesales compartidas entre la Generalitat y la UTE adjudicataria inicial de 3.000 euros cada una.



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