reduce a la mitad su borrador inicial 

Sanidad se echa atrás y no elimina el Grado II en jefaturas ni reduce plazos en los procesos de estabilización

11/07/2024 - 

VALÈNCIA. La Conselleria de Sanidad no ha acometido buena parte de los planes que tenía para integrar en el decreto-ley de Simplificación Administrativa de la Generalitat Valenciana, enmarcado en el Plan Simplifica 2024-2026. Este miércoles, el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publicaba la norma, aprobada este martes en el pleno del Consell, pero el departamento de Marciano Gómez reducía considerablemente en el texto definitivo la versión inicial presentada a los sindicatos en la mesa sectorial. 

En el mencionado borrador, Sanidad ponía encima de la mesa la eliminación del requerimiento del grado II de la carrera profesional para la entrada del personal facultativo en jefaturas de servicio y de sección. El requisito de dicho grado obliga a quien accede a las mencionadas plazas a tener en su carrera diez años de servicio prestado en el sistema nacional de salud en la categoría y especialidad. Sin embargo, han decidido sacar esta propuesta del texto, y circunscribir la supresión del grado II a la provisión de plazas básicas con características específicas

Hasta ahora, si quedaba libre y se mantenían las características específicas de la plaza, se procedía a su provisión definitiva mediante concurso de traslados específicos, en el que podía participar el personal de la correspondiente categoría y, en su caso, especialidad, que tuviera, al menos, el grado II de carrera profesional y esté en condiciones de aportar los méritos asociados a la plaza. Ahora, no serán necesarios los diez años de servicio para esta casuística. 

"Parece incongruente la imposición de requisitos añadidos, como es el reconocimiento de un grado de carrera concreto, cuando el desarrollo de los sistemas de carrera no es homogéneo en los distintos Servicios de Salud, lo cual provoca que profesionales fijos que desde hace años están desarrollando sus funciones en plazas de características específicas en nuestro Sistema Valenciano de Salud a través de comisión de servicio no puedan consolidar esta situación, perpetuando, en consecuencia, situaciones de temporalidad, lo cual es contrario al espíritu de la Ley 20/2021 que pretende la consolidación de los equipos estabilizando empleo temporal", señala la norma como justificación.

Procesos de estabilización

La Conselleria de Sanidad también planeaba reducir plazos administrativos en los procesos de estabilización de personal en el borrador inicial de su articulado en el Plan Simplifica. Gómez buscaba llegar a los plazos marcados por el Estado en la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Con el objetivo último de transitar hacia el 8% de interinidad para el conjunto de las administraciones públicas, éstos procesos de estabilización de personal tendrán que concluir antes del 31 de diciembre de 2024, fecha que a Sanidad se le podría echar encima.

Para ello, planteaban reducir los plazos -en varios días- para la solicitud de plazas, la subsanación de erorres  o la formulación de alegaciones. Sin embargo, nada de esto aparece en la versión final. De todo lo desarrollado, tan solo se mantiene en la versión final la publicación de la lista de relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en la web y no en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). "La exigencia de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de todos los trámites ralentiza el desarrollo de estos impidiendo, en muchos casos, tener control sobre la situación de los procesos, dado que la fecha de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana está sujeta a condicionantes que escapan al control del órgano que tramita los procedimientos", se justifica.

Por otro lado, la tercera y última medida planteada en materia de personal consiste en la prórroga de las comisiones de servicio hasta la resolución de los concursos de traslados de la categoría. Con ello, se pretende evitar que el personal que cumpla el periodo máximo de duración de la comisión de servicios deba cesar en el puesto que ocupa, ocasionando perjuicios a la prestación del servicio, por afectar a la organización asistencial y a la atención a la persona usuaria.  "Perjuicios difícilmente justificables cuando, en un corto período de tiempo, se resolverán los concursos de traslados de las diferentes categorías, permitiendo una regularización de gran parte de las comisiones de servicio", señalan.

Una medida que se aplicará con carácter previo a la resolución de los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal previstos en las ofertas de empleo público de la conselleria competente en materia de sanidad, de los años 2017, 2018, 2019, 2022 y 2023. Según señalan fuentes conocedoras del proceso, el no adoptar las medidas planteadas inicialmente podría deberse a la falta del visto bueno de la Abogacía de la Generalitat para realizar dichos cambios normativos.

Alivio en los representantes de los trabajadores

Desde la Federación de Serveis Públics de UGT PV apuntan a una falta de acuerdo con que no se publique en el DOGV debido al periodo vacacional. Sin embargo, reconocen la satisfacción porque los plazos se hayan mantenido conforme la normativa vigente, tal como se exigió en la mesa general. "La propuesta inicial de la conselleria generaba muchas dudas e inseguridad jurídica y por eso pedimos un informe jurídico", destacan. Respecto a la eliminación requisito del grado profesional en el borrador inicial, consideran que la carrera profesional es un ítem que avala la trayectoria profesional para poder desarrollar la jefatura de una manera correcta para el buen funcionamiento del sistema sanitario.

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