VALÈNCIA. Sanidad regulará las Unidades Sanitarias Móviles (USM) de los servicios de prevención, destinadas a los reconocimientos médicos y exámenes de salud de los trabajadores. Así lo revela un nuevo proyecto de decreto del Consell, actualmente en fase de información pública, que tiene por objetivo establecer aquellos requisitos que estas unidades deben cumplir para poder obtener la autorización sanitaria pertinente.
Según explican desde la Conselleria de Sanidad, la Comunitat Valenciana es la primera autonomía en dar el paso de regular normativamente esta cuestión, algo que facilitará la inspección de estos servicios. Estas unidades son complementarias de los centros fijos y, aunque se utilizan de forma ocasional, deben cumplir las mismas condiciones sanitarias. Actualmente se calcula que operan alrededor de 100 USM en la Comunitat Valenciana, aunque un buen número de ellas provienen de otras comunidades autónomas. El nuevo decreto regularía todas las que trabajen en la Comunitat, independientemente de dónde se ubique el centro del que forme parte.
Ahora bien, ¿Qué supondrá en la práctica regular estas unidades? La normativa contempla que las USM soliciten y obtengan autorización administrativa de forma previa al inicio de su actividad. Si la consiguen, las USM serán registradas como una unidad complementaria del centro sanitario fijo de prevención de riesgos del que dependan. Pero, para poder acceder a esta autorización, deberán cumplir una serie de requisitos que se podrían resumir en que cuenten con "las mismas dotaciones exigidas a las instalaciones físicas".
Por un lado, se les pide que el centro en el que se realicen los reconocimientos médicos se "encuadre legalmente" en un servicio de prevención de riesgos y que la empresa cuente con un contrato de uso con la empresa a la que pertenece la instalación "independientemente de si se trata de locales propios o cedidos, si el uso es puntual o permanente, o si se trata de unidades móviles".
Por otro, las USM, indica el texto, también deberán disponer de los equipos y el material sanitario "suficientes" para realizar de forma "adecuada" las tareas encomendadas, teniendo en cuenta "las características diferenciadas" de los trabajadores, así como satisfaciendo exigencias en materia de seguridad, respeto a la intimidad y dignidad, y confidencialidad de los datos de los trabajadores.
La solicitud de autorización de estas unidades podrá ser tanto de apertura y funcionamiento como de traslado, modificación o cierre. Ésta se realizará a través de la sede electrónica de la Generalitat y requerirá de una serie de documentación e información sobre la dotación de profesionales sanitarios y el centro sanitario fijo del que dependen. Si la USM cesa su actividad, será el servicio de prevención de riesgos al que este adscrito el que tramite su baja. En cualquier caso, cabe recordar que el proyecto de decreto se encuentra en fase de información pública, por lo que todavía podría sufrir modificaciones.
La norma también incorpora que los servicios de prevención de riesgos tienen que comunicar "con una antelación de al menos 30 días naturales" el desarrollo de actividades sanitarias mediante unidades móviles a personas que trabajan en la Comunitat Valenciana. De nuevo, el trámite se realizará a través de médicos electrónicos y en este caso deberá tener como destinataria la unidad de Salud Laboral del municipio donde se vaya a realizar el reconocimiento médico.
Además, la norma recoge que las USM deberán contar con la presencia de, al menos, un médico y un enfermero para realizar los exámenes de salud. Además, carecerán de capacidad para realizar reconocimientos cuando los trabajadores realicen actividades de alto riesgo ni que "requieran instalaciones de gran complejidad". Entre las profesiones consideradas de riesgo elevado se encuentran aquellas en las que los trabajadores puedan estar expuestos a radiaciones, sustancias tóxicas o algunos tipos de agentes biológicos, así como que tengan contacto con explosivos o minería, entre otras.
Por su parte, Sanidad comprobará la "calidad, suficiencia y adecuación" de las USM y para ello tendrá a su disposición la documentación y archivos necesarios para realizar la inspección, entre los que se encuentran la memoria anual de las entidades de las que dependan estas unidades. Dicha memoria deberá recoger todas las empresas a las que se les ha prestado servicios en dicho año, así como una explicación detallada de las actividades desarrolladas en cada una de ellas. Además, Sanidad podrá revisar de forma periódica que la unidad sigue cumpliendo los requisitos por los que obtuvo la autorización para realizar su actividad.