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Protección de Datos multa con 200.000 euros a la Federación de Fútbol por filtrar el audio de una reunión de AFE y LaLiga

18/02/2022 - 

VALÈNCIA. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa por un total de 200.000 euros a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) por ceder a determinados medios de comunicación parte de los audios de una reunión celebrada durante el confinamiento de la covid-19 en abril de 2020.

En una resolución, a la que ha tenido acceso Servimedia, la AEPD asegura que la RFEF grabó "sin consentimiento" expreso de los participantes una reunión que se celebró el 7 de abril de 2020 con diferentes representantes deportivos para hacer un “seguimiento de la covid-19" y para tratar el impacto de pandemia en el fútbol. Entre los asistentes a este encuentro estaban el presidente de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), David Aganzo, y el director adjunto a la presidencia de LaLiga, Carlos del Campo.

La reunión se celebró de forma telemática a través de la plataforma Zoom. Era la segunda reunión celebrada sobre la covid-19 ya que la primera fue presencial y tuvo lugar el 2 de marzo de 2020.

En su momento, la RFEF emitió un comunicado en el que señalaba que tenía la grabación de la reunión y afirmaba que contaba con la autorización de las otras partes. Decía que "la reunión había sido grabada con el conocimiento de todos los asistentes y sin oposición por parte de ninguno de ellos".

Este comunicado provocó la reacción de la AFE y LaLiga ya que sostenían que no fueron avisadas ni autorizaron la grabación de dicha reunión. El 8 de abril la Cadena Ser, y posteriormente la Cope, difundieron el audio de la reunión y una transcripción de la misma sin “el consentimiento de sus participantes”, según la resolución de la AGPD, y lo descubrieron cuando se emitieron en antena.

Por tanto, la AGPD considera que “la cesión de los datos personales de los asistentes a la segunda reunión a los medios de comunicación debió ser precedida del correspondiente consentimiento de los afectados, tal y como establece el artículo 6.1.a) del RGPD, donde se indica que “el tratamiento de los datos personales será lícito si el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos”. Una situación que “en este caso, no se produjo", concluye la AGPD.

Finalmente, la directora de la Agencia Española de Protección de Datos, Mar España, resuelve imponer a la RFEF una sanción total de 200.000 euros: 100.000 euros por una infracción del artículo 13 del RGPD y otros 100.000 euros por una infracción del artículo 6.1 del RGPD.

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