MADRID (EP). El presidente de ProLiga, David Jiménez, ha asegurado que la decisión del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) de anular la resolución de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) que decretó el descenso del CF Reus Deportiu de Segunda División B a Tercera es "acertada", y que la RFEF "no cumplió el trámite extraordinario" como correspondía.
"En el caso del Reus, consideramos que el TAD ha obrado como procede ajustado a las leyes deportivas, a la vista de las pruebas y de hechos que son contrastables", señala en un comunicado el máximo mandatario de la comisión de clubes de Tercera y Segunda División B. "La decisión es acertada, habida cuenta que la resolución del Secretario General de la RFEF es disciplinaria y debió tramitarse por el procedimiento extraordinario. Es decir, con instructor, alegaciones y pruebas, propuesta de resolución del instructor, alegaciones a esta propuesta y resolución final", añade.
Además, recalca que el organismo que preside Luis Rubiales "no cumplió" el trámite extraordinario. "Es evidente que en el caso del Reus, la RFEF no cumplió el trámite extraordinario como correspondía, por lo que el TAD se ha ajustado a lo que indican las reglas y por lo tanto existe la correcta posibilidad de decretar la nulidad", continúa.
"El asunto se complica, a entender de ProLiga, porque el Reus fue excluido por la Federación Catalana del grupo V de la Tercera debido a impagos y no comparecencia a dos partidos. Pero el fallo del TAD digamos que obligaría a incluir al Reus en Segunda B, al menos desde el punto de vista de la defensa de los derechos deportivos de este club", concluye, recordando que Proliga "siempre respetará las decisiones de los tribunales deportivos, confiando por completo en su absoluta justicia e independencia".
El TAD anuló en su fallo del 11 de octubre la resolución de la RFEF del pasado mes de julio que decretó el descenso del Reus de Segunda División B a Tercera, al considerar que hubo "indefensión" y que no se ofreció al club "conocimiento de la inadmisión del aval presentado".
"Es innegable que la falta de notificación del acuerdo de inicio de procedimiento sancionador con trámite de audiencia redunda en perjuicio de la entidad, le produce indefensión e imposibilita el ejercicio de sus derechos al no darle conocimiento de la inadmisión del aval presentado y por tanto inicio del procedimiento ni del trámite de audiencia y su posibilidad de alegar al respecto, vulnerando de este modo varios de los derechos esenciales de todo procedimiento sancionador", recoge el fallo del organismo.
El 28 de enero, el Reus, que competía en ese momento en Segunda, fue expulsado por LaLiga durante tres años del fútbol profesional y multado con 250.000 euros por incumplir los pagos de los salarios a sus futbolistas y su cuerpo técnico. Por la misma razón, la RFEF denegó el 17 de julio la admisión del equipo en Segunda B para la temporada 2019-20, acarreando así su descenso inmediato a Tercera División.
En aquella ocasión, el TAD, curiosamente, desestimó en agosto la cautelar, una decisión que obligó a la entidad catalana a inscribirse en Tercera. En septiembre, fue expulsado de la competición en la cuarta categoría del fútbol español por la deuda acumulada con la RFEF y por no comparecer en los primeros partidos de liga.
Paralelo al 'viacrucis' del Reus, la RFEF puso en venta, por 452.022 euros, la plaza dejada por el equipo en Segunda B, que se adjudicó el FC Andorra, propiedad del jugador del FC Barcelona Gerard Piqué.