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ciudadana / OPINIÓN

Piruetas jurídicas 

30/09/2018 - 

Las/os juristas en general no contamos con buena prensa, que si utilizamos terminología difícil, que no nos entiende nadie…Desde hace años existen diccionarios específicos para ayudar a los legos en la comprensión de los conceptos jurídicos. Pues a esa mala fama, hay que añadir las trampas legales que a veces usan juristas y políticos para conseguir un determinado fin. Y eso precisamente es lo que ha pasado esta semana en el Congreso de los Diputados con la presentación de una enmienda sobre la ley de estabilidad presupuestaria a una ley de reforma de la ley orgánica del Poder Judicial para adaptarla a la violencia de género. ¿Qué tiene que ver esa ley con su enmienda? pues absolutamente nada. Se trata de utilizar una astucia legal para, por la puerta de atrás, conseguir lo que no puedes obtener si vas de frente. Es una mala práctica legislativa que no favorece la seguridad jurídica ni la certeza del derecho y que tampoco exculpa a los partidos políticos que la utilizaron previamente.

Aunque se pueda compartir el fondo del asunto, que no es baladí, sacar adelante unos presupuestos y dar mayor flexibilidad financiera a las comunidades autonómas, que ahora sí permite Bruselas, las formas son las formas y los procedimientos (el continente) importan casi tanto como el contenido. A mayor abundamiento, lo que hoy resulta ser un impedimento legal al Gobierno, obtener la mayoría requerida en el Senado, deviene de una reforma constitucional que modificó el artículo 135 de nuestra Constitución en 2011 y que tuvo el beneplácito del PSOE y PP. El mandato venía de Europa en un momento de crisis y mientras PSOE y PP negociaban la reforma que no fue sometida a referéndum, el Movimiento del 15 M les espetaba en las puertas del Congreso.

El Gobierno y los grupos que apoyan a Pedro Sánchez,pretenden evitar el veto del Senado porque allí ellos no ganan y para ello querían modificar la ley de estabilidad presupuestaria que requiere del voto afirmativo en dicha cámara. Los argumentos que se aluden son básicamente que hay que sacar adelante los presupuestos, y que el Senado no debe tener un veto que de suyo no suele tener

Pero quitar esa potestad al Senado y hacerlo mediante “piruetas jurídicas” es un verdadero fraude de ley. Desde hace muchos años, existe un debate político acerca de la sempiterna “reforma del Senado”, se ha escrito hasta la saciedad sobre el tema. El Senado no está bien configurado, en la mayoría de las ocasiones se ha convertido en una cámara de segunda lectura. Debería reformarse para que se dedicara en exclusiva a todo lo que refiere a materia autonómica. Debería cambiar el sistema electoral para que fuera una cámara de verdadera representación autonómica y no mayoritariamente provincial como es ahora, debería... pero en tanto en cuanto no se reforme por los cauces adecuados no debe permitirse anular las pocas atribuciones que tiene. No se entiende el argumento de algún partido político cuando dice que el Congreso está por encima del Senado. 

No se olvide que también es órgano de la soberanía popular: “Las Cortes Generales representan al pueblo español y están compuestas por el Congreso y el Senado”, artículo 66 de la Constitución. También “sus señorías” los senadores (electos o designados por las asambleas autonómicas) son representantes del pueblo. Si le quitamos las poquitas prerrogativas que realmente tiene como órgano constitucional, pues mejor será que lo cerremos y de paso nos ahorramos una gran cantidad de dinero público que se destina a abonar las dietas, sueldos y demás emolumentos de sus miembros y de los Grupos políticos que allí habitan. Seamos valientes, o lo clausuramos o lo reformamos con arreglo a las formas previstas en la Constitución. Pero ningunearlo es un asalto al respeto de las instituciones y el funcionamiento adecuado de las instituciones es un requisito imprescindible en un Estado Democrático y de Derecho.

Victoria Rodríguez Blanco

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