ELDA. La mercantil Bateig Piedra Natural SA acaba de recibir una 'luz verde' ambiental desde el Consell para ampliar la explotación de recursos en Elda. Eso sí, condicionada a ciertas actuaciones y garantías y pendiente de más trámites para conseguir la autorización. En una reciente resolución publicada en el DOGV, el director general de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, se formula una declaración de impacto ambiental del proyecto de ampliación de la explotación de recursos en el Llano de Bateig de Elda.
El informe estima "aceptable", solo a efectos ambientales "y sin perjuicio de la previa obtención de las autorizaciones sectoriales que le sean de aplicación", ese plan de ampliación. Eso sí, siempre que se desarrolle "de acuerdo con lo establecido en el estudio de impacto ambiental, el proyecto técnico y demás documentación obrante en el expediente", según apuntan textualmente y conforme a varias condiciones.
La firma Bateig Piedra Natural es propietaria de una cantera de areniscas situada en el monte Bateig, al sur de Elda y extraen arenisca ornamental pulimentable, autorizada desde 1981. Tras décadas de explotación, el promotor quiso ampliar la superficie, para lo que debía regularizar el nuevo perímetro, pero no existía una calificación del suelo que permitiese estos usos según el PGOU de Elda de 1985. A lo largo de los años, en camino de regularizar la situación administrativa de la cantera, de acuerdo con la modificación puntual del PGOU de Elda piden ampliar. Dentro de esta zona, se ha creado una zona interior de protección (dividida en dos áreas) en la cual únicamente se pueden realizar labores de restauración cuya calificación del suelo no ha sido modificada, quedando fuera del ámbito extractivo propuesto.
La cantera Llano de Bateig está en un entorno minero donde abundan actividades extractivas desde hace más de 100 años, en dos parcelas de su propiedad, según asegura el promotor.
El plan debe cumplir las medidas de la evaluación de impacto ambiental, y propuestas de organismos consultados. También, respetar los límites de explotación ni acumular material fuera del perímetro indicado y la posibilidad de recuperar algunos de los caminos que atraviesan longitudinalmente el llano, la mejora del tendido eléctrico aéreo en el sector y el apantallamiento vegetal respecto a las viviendas a modo de bosquete.
Por otra parte, han de cumplir con más condicionantes de expedientes previos y, al ser una "actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera", cumplir con mayores exigencias normativas. También han de cumplir con la norma de prevención de incendios forestales y cumplir con determinadas medidas para las cotas de cantera. En el caso de que alcancen el nivel freático antes de la cota final de la excavación, se finalizará la explotación del material y se comenzará con la restauración.
Asimismo, las pistas y caminos, tanto exteriores como interiores ya existentes en la superficie de la cantera, deberán mantenerse el tiempo que dure la actividad en correctas condiciones y el promotor será responsable del mantenimiento. Los vertidos no autorizados están prohibidos y el suministro de agua se realizará desde un origen amparado por un derecho al uso privativo de las aguas. Con respecto a los recursos paisajísticos de interés cultural de ámbito patrimonial, se cumplirán todas las medidas correctoras y también con los bienes etnológicos recogidos en el Catálogo de bienes y espacios protegidos de Elda, así como lo indicado en los informes emitidos por la Dirección General de Cultura y Patrimonio. En este sentido, si se hallan restos paleontológicos, arqueológicos o etnográficos, el promotor tendrá hacerlo saber para su protección y conservación.
Por otra parte, para la restauración geomorfológica del hueco minero, además de los residuos inertes de mina, se podrán utilizar residuos inertes adecuados. En cada plan de labor se debe justificar la aptitud de los materiales usados, el volumen y cantidad, entre otras. Si no pudieran justificar el aporte de material de relleno, deberá plantearse una alternativa de restauración, modificar la cota de explotación o modificar cualquier otro parámetro que permita asegurar la rehabilitación del hueco minero, previa aprobación. Por último, han de minimizar los posibles riesgos de contaminación a cursos de agua superficiales o subterráneos, los riesgos de contaminación atmosférica y acústica, tanto en el funcionamiento cotidiano como en caso de posibles accidentes.
Previamente, en el año 2020 la empresa presentaba un nuevo proyecto con doble objetivo: por una parte, regularizar la situación administrativa de la cantera, de acuerdo con la modificación puntual del PGOU de Elda, y solicitar una adecuación del perímetro que actualmente está afectado; y por otra, restaurar toda la zona extractiva, que ocupa 95.000 metros cuadrados.