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El Tribunal Constitucional considera que el método para calcular el impuesto es erróneo

Los ayuntamientos no podrán cobrar el impuesto de plusvalía hasta que haya nueva regulación

27/10/2021 - 

VALÈNCIA. El fallo del Tribunal Constitucional que declara nulos algunos de los artículos de la Ley de Haciendas Locales provocará que los ayuntamientos no puedan cobrar el impuesto de plusvalía hasta que no salga una nueva regulación sobre la materia. Y es que, la sentencia considera inconstitucionales los artículos que establecen cómo realizar el cálculo para proceder al cobro del gravamen, por lo que hasta que no haya una nueva ley será imposible establecer el importe.

Puesto que no existe una regulación anterior a la que actualmente estaba vigente sobre el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana -la también conocida como plusvalía- se ha producido un "vacío legal" que no será subsanado hasta que no se alumbre una nueva ley. 

A este respecto, el Constitucional declaró inválidos este martes los artículos 107.1 párrafo segundo, 107.2 A) y 107.4 del texto, al considerar que el criterio objetivo para calcular la base imponible provoca que siempre se produzca un aumento del valor de las propiedades, con independencia de que esto sea realmente así y de la cuantía real de este incremento. En otras palabras, siempre sale a pagar. 

Ante esta situación, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, anunció, tras conocer el fallo, que el gobierno central está trabajando en un borrador legal para "garantizar la constitucionalidad" de este tributo, que ofrecerá "seguridad jurídica" a los contribuyentes y también "certidumbre" a los ayuntamientos. Todo ello con el objetivo de salvar la situación y garantizar que las administraciones locales puedan seguir recaudando el impuesto de la plusvalía.

Con todo, cabe recordar que este impuesto ya había estado sujeto a un intenso debate, e incluso había suscitado dos sentencias anteriores por parte del Tribunal Constitucional. La última de ellas, del año 2017, contemplaba la posibilidad de que los contribuyentes pudieran quedar exentos de pagar este tributo siempre y cuando demostrasen que el inmueble objeto de la transacción no había aumentado su valor y que, por tanto, no existía ninguna plusvalía.

A este respecto, las personas afectadas debían presentar una reclamación ante el consistorio para que su operación se declarase como no sujeta al pago de la plusvalía, teniendo en cuenta que el ingreso era obligatorio para todos aquellos que vendieran una propiedad cuyo valor se hubiera incrementado desde el momento de la adquisición hasta el de transmisión.

María Jesús Montero. Foto: R. RUBIO (EP)

Sin embargo, la nueva sentencia es aún más dura al considerar que existe un error de cálculo que hace que, por defecto, todas las operaciones den como resultado un aumento del valor. Por lo tanto, y a la espera de que se haga pública la sentencia completa -por el momento tan solo ha trascendido el fallo- todo parece indicar que la norma afectará al total de las transacciones que se realicen en este sentido.

Se incluirían también las que todavía no hayan adquirido firmeza, incluso en casos en los que sí exista una ganancia patrimonial, puesto que la fórmula de cálculo del impuesto será diferente a la hasta ahora existente. Así, podría suceder que todas aquellas operaciones que todavía estuvieran dentro del periodo de subsanación pudieran pedir una revisión del pago de la plusvalía apoyándose en el fallo del Tribunal Constitucional, o en su defecto en la nueva norma en la que trabaja el Gobierno. 

Asimismo, y aunque el propio fallo estipula que la medida no tiene carácter retroactivo, la Asociación de Usuarios Financieros (Ausfin) considera que potencialmente se podrán recurrir todas las autoliquidaciones que se hayan producido en los últimos cuatro años. De hecho, la agrupación está estudiando la posibilidad de interponer un recurso extraordinario para todos aquellos consumidores a los que a partir del año 2017 se les notificó la liquidación y no la impugnaron en su momento. 


Por el momento, los representantes municipales de algunos de los ayuntamientos de la provincia, como el de la propia capital, ya han expresado su preocupación por las implicaciones de la sentencia. El alcalde de la ciudad, el popular Luis Barcala, aseguró este martes que la resolución del TC "supone un serio varapalo para todos los ayuntamientos del país en plena confección de los presupuestos municipales". En el caso de Alicante, este impuesto aporta unos ingresos anuales de 15 millones de euros, el 5% de las cuentas del municipio, según añadió.

Además, aprovechó para criticar al Ejecutivo central al sostener que "este procedimiento, y su resolución por parte del TC era sabido por el Gobierno de Sánchez, que lleva más de dos años prometiendo la reforma legal correspondiente", indicó. "El año pasado, cuando fracasó en su intento de quitarnos los remanentes, desde la FEMP el Grupo Popular les avisó de lo que podría pasar, y la ministra de Hacienda se comprometió a introducir las modificaciones legales para evitar este desastre para las arcas municipales. Al final, son nuestros conciudadanos los que pagan los platos rotos del gobierno de Pedro Sánchez, que sigue al mismo tiempo amenazando con subir los impuestos", concluyó.

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