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la norma fija multas de hasta 600.000 euros

Los 30.000 pisos turísticos inscritos desde 2018 tendrán 5 años para adaptarse al nuevo decreto

2/08/2024 - 

VALÈNCIA. El nuevo decreto-ley del Consell para la regulación de las viviendas turísticas recoge nuevas exigencias para la apertura de pisos turísticos. Obligaciones en materia de habitabilidad y de calidad del servicio que a partir de ahora deberán certificar ante la administración antes de su puesta en marcha. Ahora bien, las viviendas turísticas que ya están en funcionamiento tendrán un régimen transitorio diferenciado: no habrá retroactividad para aquellas que se inscribieron en el registro autonómico antes de 2018, mientras las que se han registrado en los últimos seis años tendrán un plazo de cinco años para adaptarse a las nuevas disposiciones.

Así constará en la normativa que prevé aprobar el pleno del Consell este viernes y que deberán ratificar Les Corts Valencianes. La consellera de Innovación y Turismo, Nuria Montes, explicó este jueves las principales líneas del nuevo texto, que ha sido negociado con todos los actores del sector, una de cuyas principales reclamaciones era que la norma no fuera retroactiva. De hecho, la consellera admitió que este punto "ha llevado un cierto encaje más o menos complicado" porque se ha tenido en cuenta "numerosa jurisprudencia".

"La conclusión, y tras el informe de Abogacía, es que los regímenes transitorios deben respetar las normas sobre retroactividad de las nuevas exigencias y en principio no se deben exigir retroactivamente nuevas exigencias para que ellas viviendas que ya tenían la licencia", aseguró la consellera en ese sentido. Con todo, sí lo será para los pisos turísticos inscritos desde 2018, que según los datos ofrecidos por la propia Conselleria son más de 31.000. Concretamente, a fecha de 2024 se encuentran apuntadas en el registro autonómico 105.111 viviendas turísticas en toda la Comunitat frente a las 73.841 pisos turísticos que existían legalmente en 2018.

Presentación del decreto. Foto: GVA

Montes explicó que toda la batería de obligaciones deberán certificarse mediante una declaración responsable, por lo que recordó que "mentir en una declaración responsable es un delito de falsedad en documento público castigado por el código penal y anunció que se harán inspecciones aleatorias de estos documentos. En esta declaración deberá incluir el informe de compatibilidad urbanística, los títulos habilitantes, el número de referencia catastral, la cédula de habitabilidad, el certificado de la comunidad de propietarios, el seguro de responsabilidad civil y todo tipo de autorizaciones.

Además, en la declaración responsable los propietarios deberán certificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, incluir el certificado energético, y en el caso de los locales terciarios reconvertidos a viviendas turísticas, que cumplen con las condiciones mínimas de habitabilidad y los códigos de edificación vigentes. A todo ello se sumará la exigencia de elementos adicionales de calidad del servicio, por los que quedan prohibidos los cajetines de llaves en la vía pública y será obligatorio un servicio de recepción e identificación, conexión a internet y línea de teléfono 24h.

Así pues, para poder seguir operando, las viviendas inscritas desde 2018 deberán presentar esta declaración responsable antes de 2030. A partir de ahí, seguirán el régimen general para todas las viviendas turísticas, de manera que la validez del registro será de cinco años. "Transcurrido este plazo, deberán renovar la autorización mediante la autorización de una nueva declaración responsable", dijo Montes. Esto implica que si, por ejemplo, la comunidad de vecino quisiera cambiar sus estatutos en ese sentido, el inmueble podría quedar excluido del tránsito turístico al no poder actualizar la declaración responsable.

Otra de las disposiciones del decreto obligará, como ya había anunciado Montes hace semanas, a que la licencia vaya ligada al propietario y no al inmueble. Esto implica que cuando haya un cambio de titularidad en la propiedad, el nuevo dueño tendrá la obligación de renovar la licencia. Con ello, según Montes, se atacará la especulación que había hasta ahora en algunos casos con las viviendas turísticas con permiso.

Foto: GVA

Posibilidad de delegar en ayuntamientos

En cuanto a los ayuntamientos, el decreto les facultará para "establecer limitaciones siempre proporcionadas en lo que respecta al número máximo de viviendas de uso turístico por zonas, barrios o edificios, siempre y cuando respondan a criterios claros, objetivos inequívocos y que hayan sido informados con anterioridad a su entrada en vigor", en palabras de la consellera. Restricciones que deberán fijarse en los planeamientos urbanísticos.

Además, una de las grandes novedades es que se habilita la posibilidad de que la competencia para "incoar, instruir y resolver" así como recaudar los procedimientos sancionadores por infracciones leves, graves y muy graves en materia de viviendas de uso turístico se pueda delegar a los ayuntamientos que así lo soliciten y cumplan los requisitos generales.

"El cuerpo de inspectores de Turismo Comunidad Valenciana es muy pequeño y es imposible hacerlo crecer, por lo que conseguiremos que se multiplique con la colaboración de los ayuntamientos", explicó en este sentido Montes, según la cual se empleará el Fondo de Compensación Financiera para compensar estos gastos a los municipios turísticos que asuman esta competencia.

Hasta 600.000 euros de multas

En cuanto a las multas, se incorporan dos nuevas infracciones: una grave (negativa de las personas propietarias a facilitar identidad de titulares o documentación) y otra muy grave (alquiler por habitaciones) con multas de hasta 600.000 euros. Se incrementa así el grado de otras dos infracciones: una leve pasa a ser grave (falta de comunicación de forma reglamentaria del cambio de titular), y una grave pasa a constituir una infracción muy grave (sobreventa de plazas e incumplimiento del régimen de reservas o cancelación).

Igualmente, los propietarios de las viviendas serán responsables subsidiarios respecto a las infracciones que se cometan. Actualmente solo es responsable quien la comercializa, que no siempre es el propietario. Y por otro lado, el decreto fijará que se puedan establecer reglamentos de régimen interno de uso de la vivienda y de las zonas comunes y que "el incumplimiento de esas normas sea causa suficiente para la resolución del contrato con el huésped, que podrá ser expulsado sin derecho a indemnización ni a devolución".

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