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mejorar los usos y clarificar actuaciones urbanísticas

Los arquitectos de Ruskin Coffee presentan sus alegaciones a la ley del Palmeral para usos tradicionales

2/03/2019 - 

ELCHE. La Asociación de Arquitectos Ruskin Coffee es otra que ha enviado sus modificaciones al Anteproyecto de Ley de Promoción y Protección del Palmeral, planteando tres alegaciones que versan sobre los usos en los huertos de viviendas tradicionales, así como clarificar la parte referente a los usos permitidos en los huertos y sus zonas de amortiguamiento. 

En la primera de las alegaciones amplía el texto del artículo 8.2, para que se permita el uso histórico de vivienda tradicional del huerto con carácter general y para que las edificaciones existentes en el interior de los huertos de la Zona Unesco, declarados Bien Inmueble de Interés Cultural (BIC), y las de los huertos del Área de protección Núcleo, "construidas al amparo de una legislación anterior y contrarias a lo dispuesto en esta para las mismas zonas", queden fuera de ordenación hasta la finalización de su vida útil o ruina técnica, "momento en el que se deberán incorporar al conjunto del Palmeral Histórico de Elche (área Unesco más zona Núcleo), con sus características propias y auténticas recuperadas". Y sin que se permitan las obras de mantenimiento o edificación en estas edificaciones. Desde el colectivo entienden que "no tiene sentido mantener un privilegio anacrónico, en determinados huertos, de un uso que es ilegal en el resto de los huertos, más allá de la vida útil del propio edificio". 

Por otra parte, con respecto a los usos permitidos en el artículo 8.3, referentes a las zonas de amortiguamiento y el interior de los huertos, han propuesto una redacción a su juicio más clara que gira en torno a cuatro ejes: que se permita el uso agrícola excluyendo el encaperuzadocomo propuso Volem Palmerar—, uso ganadero sin afectar a plantaciones u ordenamiento urbanístico, uso cultural o social que no afecte a los dos anteriores y que permita la rehabilitación de edificaciones tradicionales. Eso sí, proponen que no se permitan nuevas edificaciones ni la ampliación de existentes

En la zona de amortiguamiento de los huertos del Palmeral inscrito en la lista del Patrimonio Mundial de la Unesco piden que no se autorice ninguna edificación a menos de ocho metros del límite de palmeras de la Zona Unesco y que en los espacios libres no consolidados, con frente a los huertos de palmeras de la Zona Unesco, no se autorice ninguna construcción a menos de 20 metros del límite de dichos huertos. Dentro de este nuevo redactado añaden que las Áreas de Protección Periférica y de Protección Rural, además de los usos y actividades mencionados, se autoricen el uso residencial, hostelero y de alojamientos turísticos, además de que se permitan nuevas construcciones siempre que la ocupación de la edificación no supere el 2% de la parcela, con una altura máxima de dos plantas. Como última alegación, proponen sustituir un pequeño epígrafe referido a los huertos Unesco y de la zona de amortiguamiento. 

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