Un aspecto positivo del uso de las redes sociales que ha sugerido la Comisión incide en que estar presente en Internet puede aportar un plus a la sociedad ya que cuando se interactúa en las redes sociales se puede cumplir una importante labor pedagógica, de defensa de los Derechos Fundamentales y los valores en los que se asienta nuestro ordenamiento jurídico. Conozco a Jueces en Twitter que dan verdaderas clases magistrales sobre proceso judicial de forma sencilla para ser entendidas por ciudadanos no expertos.
El Consejo General del Poder Judicial no ha puesto límites a los temas sobre los que los Jueces pueden opinar y es aquí donde se puede plantear algún conflicto.
Veamos; si se habla del tiempo o de fútbol, no tiene por qué producirse ningún problema pese a que el Barcelona/Madrid levante pasiones y sea capaz de parar el funcionamiento del país. Pero imaginemos que exista algún juez 'activista' y 'cañero' que se lance a hablar de política, de programas electorales o de partidos políticos, ahora que tenemos elecciones a la vista. En esos casos también ¿podrán hacerlo? Aquí, a mí ya me surge la duda porque debe tenerse en cuenta que a los jueces de modo individual se les prohíbe la participación política aunque sabemos que sí pueden pertenecer a asociaciones judiciales y también sabemos que las hay de varios “colores”, por ejemplo, Jueces para la Democracia, es más progresista y la Asociación Profesional de la Magistratura, es más conservadora. Sus portavoces ni lo ocultan ni lo niegan y se presentan con esos calificativos en sociedad.
El artículo 127 de la Constitución establece que los jueces y magistrados así como los fiscales, mientras se encuentren en activo, no podrán pertenecer a partidos políticos o sindicatos. Las razones que justifican esta prohibición además de la de salvaguardar la imagen pública de la judicatura, es también proteger una imagen de juez apolítico. El alejamiento del juez de la política y la limitación de participar en actividades de carácter político o sindical viene a garantizar la independencia que debe proyectar la justicia.
Los miembros del poder judicial tienen derecho a expresar sus opiniones fuera del ámbito jurisdiccional. La judicatura es una profesión no es una cárcel ni un claustro. A mi juicio lo que piense un juez en su interior sobre el aborto, familia, violencia de género, etc. no debe afectar a la posición jurisdiccional porque a lo mejor lleva asuntos de índole social, contencioso y por tanto nada tiene que ver con los temas sobre los que pueda dictar sentencia. Evidentemente nunca debe desvelar asuntos o datos que conozca por el proceso o que hayan sido conocidos por razón de la función jurisdiccional desempeñada.
Sin embargo tema distinto es que hable u opine sobre asuntos que puedan comprometer su imparcialidad. La imparcialidad se refiere al ejercicio de la función, a la actitud que deben tener los jueces en el enjuiciamiento del caso concreto y no debe confundirse con neutralidad política porque los jueces tienen su ideología y sus creencias, viven en sociedad y son de este mundo. Aquí es donde entraría la advertencia del CGPJ sobre el sentido común y la prudencia que posiblemente deba ser la pauta que desanime a esa participación.
La última vez que el CIS preguntó sobre confianza en la Administración de Justicia fue en 2017 y más de un 71% de los encuestados reconocía estar poco o nada satisfecho con el funcionamiento de la Justicia, se trata del peor dato de los últimos años.
También en junio del mismo año más del 70% manifestaba tener poca o ninguna confianza en el Poder Judicial. Así que cuidado, porque el riesgo de “ser bocazas” puede hacer peligrar la apariencia de imparcialidad del juez y dañar la imagen de la justicia un poco más.