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El Hércules le dobla el brazo al Registro Mercantil

28/07/2023 - 

ALICANTE. No es la primera vez que el Hércules se las tiene tiesas con el Registro Mercantil, pero en esta ocasión, además, ha salido vencedor. 

El club blanquiazul le ha doblado el brazo a la registradora Mercantil IV de Alicante, doña María Pilar Planas Roca, quien había rechazado la solicitud de depósito de cuentas de la sociedad correspondiente al ejercicio con fecha de cierre 30 de junio de 2022 por, básicamente, no ir acompañada del informe de auditoría.

Para lo anterior, ha necesitado de la intervención de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que esta estime el recurso interpuesto contra la nota de calificación por la que la registradora desestimó en abril la solicitud de publicación presentada un mes antes por el Hércules.

El Boletín Oficial del Estado, en su edición de este viernes, da cuenta del enésimo partido fuera de los terrenos de juego en el que resulta vencedor el club del Rico Pérez. Si sobre el verde le fuera igual, sería un equipo 'champions'.

Resolución

"Procede la estimación del recurso pues de la documentación contenida en el expediente no resulta que la sociedad a que el mismo se refiere ostente la condición de sociedad obligada a verificar sus cuentas anuales y, en consecuencia, a depositar junto a las mismas un informe de verificación llevado a cabo por un auditor de cuentas", resuelve la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en un fallo fechado el 12 de julio y hecho público este viernes.

"A diferencia de lo que afirma la calificación, no existe, tal y como ha quedado reflejado en las consideraciones anteriores, una disposición legal que sujete a las sociedades anónimas deportivas a la obligación de verificar sus cuentas anuales por la mera circunstancia de ostentar dicha forma jurídica. Es cierto que tanto la regulación de la Ley 39/2022, del Deporte como la contenida en el Real Decreto 1251/1999, no es tan clara y determinante como hubiera sido deseable pero precisamente por ser así, no puede deducirse la existencia de una obligación legal que no esté perfectamente establecida con rango de ley (contrástese con la regulación del artículo 41 del Código de Comercio, artículo 263 de la Ley de Sociedades de Capital o con la disposición adicional primera de la Ley 22/2015, de 20 julio, de Auditoría de Cuentas)", añade la Directora General de Seguridad Jurídica y Fe PúblicaSofía Puente Santiago.

Audita sus cuentas

Como los lectores de Alicante Plaza conocen, el Hércules audita sus cuentas, pese a que por volumen de negocio y empleados no está obligado a ello. Ahora bien, esa opinión no es unánime a juzgar por este rifirrafe con la registradora Mercantil IV de Alicante que esta vez ha resuelto favorablemente al club la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

Lo anterior se produce después de que hace un año el Registro Mercantil obligara al club a reformular sus cuentas del ejercicio 2020/21 para inscribirlas, algo que provocó que el pasado 7 de febrero los accionistas de la entidad participaran de una doble Junta General de Accionistas en la que, además del examen y aprobación de las cuentas anuales 2021/22 (las del ejercicio el finalizado el 30 de junio de 2022) y ajustar el capital social siguiendo las pautas que marca el Consejo Superior de Deportes, see repitió punto por punto la Junta General de Accionistas celebrada el pasado verano respecto al ejercicio 2020/21 (el finalizado el 30 de junio de 2021).

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