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La presentación de la declaración se efectuará de manera telemática 

Hacienda fija la obligación a los organizadores de subastas de informar cada año de las transmisiones

22/09/2021 - 

VALÈNCIA (EP). La Conselleria de Hacienda y Modelo Económico ha fijado la obligación a todas las personas físicas y jurídicas que organicen subastas de bienes muebles de informar anualmente de las transmisiones realizadas con el objetivo de reforzar los mecanismos de control de los que dispone la Agència Tributaria Valenciana sobre las autoliquidaciones del impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

"La normativa autonómica sobre tributos cedidos establece que las personas físicas y jurídicas que organicen subastas deberán remitir a la conselleria competente en Hacienda una declaración en la que se incluirá todas las transmisiones de bienes en las que hayan participado, por lo que con la presente orden únicamente llevamos a cabo el desarrollo reglamentario establecido", ha apuntado en un comunicado el director general de Tributos y Juego, Rafael Beneyto.

El director general ha advertido, además, que "aunque la obligación de presentar el modelo de información puede afectar a personas establecidas fuera del territorio de la Comunitat Valenciana, únicamente deberán incorporar en el modelo de presentación elaborado por la Agencia Tributaria Valenciana los datos relativos a transmisiones susceptibles de poder ser gravadas por la comunidad autónoma".

En concreto, en el nuevo modelo M-603, los organizadores de subastas voluntarias o los titulares de montes de piedad únicamente deberán presentar de forma telemática ante la Agència Tributaria Valenciana, -con independencia de su lugar de residencia- la relación de todas aquellas operaciones susceptibles de tributar por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en las que el adquiriente tenga su vivienda habitual si es persona física, o su domicilio fiscal si es persona jurídica, en la Comunitat Valenciana.

Evitar casos de evasión fiscal

"Esta decisión se adecúa a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que se establecen en la ley de procedimiento administrativo común de la administración pública", ha remarcado Beneyto, para quien "conocer la relación de personas que deben autoliquidar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales aumentará los mecanismos de control, evitará posibles casos de evasión fiscal y aumentará la transparencia de las transmisiones realizadas, lo que repercutirá positivamente en el conjunto de la ciudadanía".

Será objeto de la declaración cada una de las transmisiones en las que el adquiriente o adjudicatario tenga su domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana, informando tanto de las operaciones en las que los bienes se hayan adjudicado por medio de subasta como por medio de cualquier otra operación, como las adjudicaciones directas.

Sin embargo, no será necesario que se incluyan aquellas operaciones que tengan por objeto los automóviles tipo turismo, vehículos mixtos adaptables, vehículos todo terreno, motocicletas y ciclomotores, con sus remolques y semirremolques.

La presentación de la declaración se efectuará de manera telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana del 1 al 31 de marzo de cada año y deberá incluir la información relativa al año natural anterior.

En este modelo se deberán incorporar los datos personales del presentador y en su caso de su representante, así como de la persona que adquiere los bienes y que es la responsable de la autoliquidación del impuesto; el año natural al cual se refiere la declaración; la descripción del bien subastado; la fecha y el valor final de la adjudicación.

Las sanciones por el incumplimiento de la presentación del modelo de suministro de información de contenido fiscal requerida por una administración quedan reguladas por la ley 58/2003 General Tributaria.

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