VALÈNCIA (EP). La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática ha iniciado el trámite de información pública para la elaboración del decreto que establece las normas de diseño y calidad de viviendas y edificios de uso residencial en la Comunitat Valenciana.
El decreto tiene como objeto "adaptarse a las actuales necesidades de la población, motivadas por la evolución en las condiciones de vida y las relaciones sociales y en consecuencia, asegurar una vivienda de calidad, digna, y sostenible para todas las personas", según ha explicado la administración autonómica en un comunicado.
En ese sentido, la nueva normativa tiene en cuenta las diversas formas de convivencia y las diferentes etapas de la vida, estableciendo una relación entre las características de la unidad de convivencia y las superficies de los espacios y recoge nuevas tipologías que se están desarrollando, tales como la vivienda colaborativa.
La nueva normativa pretende, además, adecuarse al marco legislativo actual, en lo que refiere al Código Técnico de la Edificación (CTE) y el el Decreto 65/2019 de regulación de la accesibilidad en la edificación y en los espacios públicos, así como desarrollar en materia de habitabilidad lo dispuesto en normas tales como el Texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje o la Ley de movilidad de la Comunitat Valenciana.
El período de información pública del próximo decreto tendrá una duración de 15 días hábiles. Las propuestas se pueden presentar a través de la página web de la Vicepresidencia Segunda, en el apartado 'Normativa en Tramitación', y en el portal de transparencia de la Generalitat. También en la dirección de correo electrónico dg_qualitat_rehabilitacio@gva.es.
Como novedad, cabe destacar la regulación de las condiciones de diseño y calidad en tres niveles, según se trate de un edificio existente, una intervención en un edificio existente o un edificio de nueva construcción.
En el primer nivel se determinan las condiciones mínimas que debe cumplir la vivienda y el edificio, es decir, se establece el umbral mínimo de habitabilidad por debajo del cual las viviendas serán consideradas infraviviendas; el segundo nivel determina los criterios que regulan las intervenciones que se realizan en un edificio o vivienda existente partiendo como mínimo del cumplimiento de las condiciones del nivel anterior y modulando las exigencias en función de la intensidad de la rehabilitación en cuestión; y el tercer nivel se refiere a las condiciones que debe cumplir la edificación de nueva construcción.
Por otro lado, se flexibilizan las exigencias en función de los diferentes modelos urbanos incorporando la posibilidad de acogerse a supuestos de exención, de forma que se tenga en cuenta la naturaleza de cada lugar.
El articulado del Decreto introduce nuevas condiciones de accesibilidad universal como la regulación de la obligatoriedad del segundo ascensor o de los dispositivos de comunicación y la incorporación de nuevas de figuras libres de obstáculos en espacios de la vivienda.
Las nuevas normas de diseño y calidad se fundamentan en un decálogo de principios generales. En ese sentido, uno de los propósitos del nuevo decreto es "el refuerzo de la función social de la vivienda" con aspectos como la regulación de los supuestos de sobreocupación de la vivienda y la tramitación de urgencia para la ocupación de vivienda pública en situaciones de emergencia habitacional.
Asimismo, se introduce la perspectiva de género en aspectos como una mayor percepción de seguridad en los elementos comunes del edificio.
Además, el nuevo articulado impulsa la innovación en la arquitectura, posibilitando la autorización de soluciones alternativas y edificios experimentales y flexibilizando la configuración de los espacios de la vivienda con nuevas figuras y condiciones más versátiles.
También apuesta por la sostenibilidad medioambiental con la incorporación de medidas para la generación de energías renovables y la mejora de la eficiencia energética e introduce un anexo con recomendaciones para proyectos de vivienda, que podrán ser incluidas en las prescripciones técnicas o administrativas de licitaciones públicas o en requisitos o criterios de valoración de procedimientos de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones.
Otro propósitos son el fomento de la rehabilitación edificatoria flexibilizando las exigencias en función del alcance de cada intervención o favorecer la vida comunitaria con la regulación de locales de uso comunitario, patios y otros espacios exteriores del edificio.
Con la finalidad de coordinar y mejorar la aplicación del futuro decreto se constituye una Comisión de Seguimiento que será un órgano colegiado de la Conselleria competente en materia de vivienda y control de calidad en la edificación.