El pasado domingo, la afición de Mestalla asistió con estupor a la decisión del árbitro madrileño Del Cerro Grande de no considerar penalti el corte por parte de un defensa sevillista, con el brazo separado del cuerpo, de un balón avanzado hacia el área por un delantero valencianista. No es penalti porque el brazo estaba "en una posición natural", escenificó el colegiado y verbalizaron algunos excompañeros metidos a comentaristas, lo que lleva a preguntarse para qué, entonces, se llevan los defensas las manos a la espalda en lugar de dejarlas en posición natural cuando los delanteros tratan de colocar un balón en el área.
Porque toda la vida ha sido penalti –áreas de Real Madrid y Barcelona aparte–, antes y después de que llegase al fútbol ese cáncer llamado VAR que al menos sirve para constatar que algunos errores arbitrales no son tales, sino latrocinios a conciencia. La noche del 16 de abril en Mestalla, en un capítulo más de la lotería de las manos en el área, el árbitro dijo que no, y ello a pesar de que el colegiado que revisaba las jugadas frente a las pantallas del VAR, Estrada Fernández –apestado entre sus colegas por haberse atrevido a querellarse contra Enríquez Negreira–, forzó a Del Cerro a revisar la jugada y, por tanto, a retratarse.
Traigo aquí el episodio futbolístico –pido perdón a quienes no sean aficionados– porque tuve la misma sensación de estupor tres días después, el pasado miércoles, cuando el nuevo fiscal de la pieza G del caso Taula, la relativa a los contratos de la empresa pública Ciegsa para la construcción de colegios, revisó la jugada y pidió el archivo de la causa después de nueve años de instrucción.
El escrito firmado por el fiscal anticorrupción Fernando Maldonado, que se ha hecho cargo de esta pieza cuya investigación inició su colega Pablo Ponce, es tan explícito como las manos del defensa sevillista. Concluye Maldonado que "tanto Máximo Caturla como Marcos Benavent como Alfonso Rus, con claro desprecio por la causa pública y en beneficio propio, cobraron ciertas cantidades de dinero de las construcciones adjudicadas a través de Ciegsa". Los tres ocupaban cargos públicos en los años 2005 y 2006, cuando ocurrieron los hechos.
Entre las pruebas que enumera, figuran diversos audios aportados por Benavent, el autoproclamado "yonki del dinero", en los que "se oye cómo Marcos Benavent y Máximo Caturla están contando dinero"; en varios se oye cómo entre ellos y con otras personas acuerdan repartos de comisiones para sí y para el partido –"se entiende que el Partido Popular"–, y, "en el audio más relevante", según el fiscal, se oye "cómo Marcos Benavent y Alfonso Rus están contando dinero en efectivo".
Benavent, quien durante un tiempo actuó como arrepentido ante la Justicia, fue el único que dio una explicación coherente sobre lo que allí se decía. Con la 'música' de fondo de los audios que él mismo había grabado, relató cómo se amañaban las adjudicaciones millonarias, con rebajas pactadas de un máximo del 16%, que luego se compensaban con modificados de obra tan "desproporcionados" que daban para compensar a las constructoras también por las mordidas; cómo dos miembros del Consell ordenaban a qué constructoras había que adjudicar y cuánto dinero tenía que ir al partido; cómo se maquinaba todo en reuniones en las que participaban personas que aún están en la política activa, y cómo el propio Benavent repartía el dinero en efectivo en despachos oficiales.
Añade el fiscal Maldonado que no ha podido establecerse "una perfecta correlación entre el dinero recibido y una concreta obra adjudicada" y "tampoco puede afirmarse qué constructoras y qué personas concretas efectuaron los pagos anteriores a los investigados", a pesar de que Benavent sí dio nombres.
Aunque la pieza separada G se abrió en 2018 por los presuntos delitos de cohecho, malversación y prevaricación, en su revisión de la jugada el fiscal concluye que los hechos, de acuerdo con el Código Penal de 1995 vigente en la época en que presuntamente se cometieron, podría constituir, como mucho, un delito de cohecho impropio castigado con una pena de multa de tres a seis meses.
Es decir, que solo hubo unos sobres 'por ser vos quien sois' y que la condena prevista para eso es una multa. Ni siquiera inhabilitación para cargo público. Y, además, como el castigo es tan nimio, el delito prescribió a los tres años de cometerse. Lo que significa que cuando se inició la investigación en 2014 –en secreto, las detenciones se produjeron en enero de 2016– ya hacía cinco años que había prescrito.
Esto lo dice el fiscal, que aquí actúa como el VAR, enmendando lo que parecía evidente, y ahora falta ver si protesta la Generalitat, personada en el caso como acusación particular. La última palabra la tendrá el juez. Si decide archivar, tendremos otro caso de los que provocaron vergüenza ajena que se diluye entre legajos con la parsimonia que caracteriza a la Justicia española, como muy bien explicaba el otro día Rosana Crespo.
Es lo que hay, después de nueve años de investigación: si anda como un pato, nada como un pato y grazna como un pato, a veces no es un pato. A veces no es penalti. Quedan para la historia de la ignominia en la política valenciana la confesión de Benavent y la transcripción de los audios, como en el caso Naseiro.
La Audiencia Provincial expone las trampas del partido para financiar las campañas de 2007 y 2011. En esta última no se ha podido demostrar el origen de los fondos