VALÈNCIA. El juicio del caso Erial que sienta al exministro Eduardo Zaplana en el banquillo –junto a 14 personas físicas y cuatro jurídicas– ha arrancado este jueves con las cuestiones previas después de que fuera suspendido hasta en dos ocasiones. La última, el pasado enero debido a que el abogado del también expresidente de la Generalitat sufriera un infarto.
Finalmente, el letrado, tras recuperarse, ha decidido seguir asumiendo la defensa de Zaplana y el juicio ha arrancado con normalidad. La primera cuestión previa planteada por los abogados de los acusados –y presentada por el del exministro– ha sido la petición de que la Sala de la Audiencia de Valencia que enjuicia los hechos se inhiba para que los enjuicie la Audiencia Nacional. La Fiscalía se ha opuesto y el tribunal lo ha rechazado.
La defensa de Zaplana, que ejerce Daniel Campos, ha expuesto que la competencia para el enjuiciamiento corresponde a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional porque los hechos, tal y como los narra la Fiscalía, se cometieron en el extranjero básicamente. En este sentido, ha señalado que los delitos de corrupción de los que se acusa a su cliente, y en los que se incluye el blanqueo, se suelen juzgar allí. Ha puesto como ejemplo los casos Gürtel, Púnica, Lezo, etc. Incluso en el caso Koldo, ha dicho, la Fiscalía Anticorrupción señala que cuando el blanqueo se ha cometido en el extranjero ha de ser competencia de la Audiencia Nacional. "No hacerlo así puede infringir el derecho al juez predeterminado por la ley", ha comentado.
Además del blanqueo, ha hecho hincapié en el cohecho. En su opinión, el supuesto pago de dádivas pactadas se hizo con el traspaso de fondos a una sociedad en Luxemburgo, por lo que el delito de cohecho, uno de los que lleva aparejada pena más grave, se ha consumado en ese país. "El cohecho se materializó íntegramente en Luxemburgo o en Andorra. Y cuando se recibe la cantidad es cuando se consuma el delito", ha afirmado.
En cuanto al delito de falsedad documental, el abogado ha indicado que no saben dónde se cometió y el de prevaricación es "el único que se cometió en Valencia", pero tampoco saben nada de ello porque "no hay instrucción de Zaplana de ningún tipo".
La gran mayoría de letrados –no todos, lo que deja entrever la posibilidad de conformidades de acusados con Anticorrupción– se ha adherido a esta petición de inhibición. Mientras, la Fiscalía ha mostrado su discrepancia. Así, ha señalado que la moderna jurisprudencia del Supremo es que la competencia de la Audiencia Nacional hay que interpretarla de manera restrictiva porque no puede ser un juzgado de guardia.
"Tiene que primar la territorialidad en la que se ha cometido el delito y los hechos se han cometido en Valencia. Se paga porque se han predeterminado una serie de adjudicaciones públicas y el cohecho se realiza aquí independientemente de dónde vaya el dinero. Hay un pacto en Valencia. El delito de cohecho tiene asignada la mayor pena y se produce aquí y es en Valencia donde se recaba la mayor prueba del delito", ha destacado.
El tribunal se ha pronunciado a continuación para rechazar la solicitud de que la causa se enjuicie en Madrid, por lo que la sesión ha continuado con otras cuestiones previas como la nulidad de la prueba.
Los investigadores del caso Erial consideran a Zaplana y a su círculo más cercano como partícipes de una presunta trama creada para el cobro de comisiones derivadas de la concesión de las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV), realizadas en 1997 durante la gestión del exjefe del Consell, y del Plan Eólico de la Comunidad Valenciana, puesto en marcha en 2003. El objetivo habría sido desviar esas cantidades al extranjero a través de numerosas sociedades para blanquearlas y, posteriormente, retornarlas a España. En total, ese desvío de dinero se cuantifica en 20,6 millones de euros.