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El TC avala por unanimidad que el Supremo tuviera la última palabra sobre las restricciones por covid

Foto: KIKE TABERNER
22/11/2023 - 

VALÈNCIA (EP). El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por unanimidad la impugnación presentada por el PP contra la decisión del Gobierno de crear un recurso de casación que dio al Tribunal Supremo (TS) la última palabra sobre las restricciones sanitarias adoptadas por las comunidades autónomas por la covid-19 a fin de unificar doctrina y evitar así dictámenes contradictorios.

El recurso 'popular' se dirigía contra determinados preceptos del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptaron medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional a aplicar tras la finalización del segundo estado de alarma.

En concreto, el PP combatía la creación de un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS contra los autos dictados por los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) o la Audiencia Nacional (AN) en materia de autorización o ratificación judicial de medidas adoptadas por las autoridades sanitarias que implicaran restricciones de derechos fundamentales.

El objetivo, según explicó la entonces vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, era que el Supremo unificara doctrina para evitar el escenario que se abrió con el final del primer estado de alarma, cuando quedó al criterio de cada juez la decisión de autorizar o rechazar las medidas sanitarias adoptadas por los ejecutivos autonómicos, dando lugar a decisiones dispares.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado conservador Enrique Arnaldo, parte de la premisa de que en este caso sí se cumple el presupuesto habilitante de la "extraordinaria y urgente necesidad" que exige la Constitución para legislar vía decreto "por cuanto el Gobierno ha aportado una justificación para la adopción de la concreta medida discutida", según ha informado el TC.

La corte de garantías razona que el Ejecutivo "optó por esta reforma procesal como una de las medidas relacionadas con el nuevo escenario tras el fin del estado de alarma y la pervivencia de una complicada situación como consecuencia de la persistencia de la pandemia de la covid-19, y, a tal fin, atribuyó al Tribunal Supremo la competencia, en casación, de homogeneizar la respuesta judicial en la autorización y ratificación de las medidas restrictivas".

Asimismo, desestima la queja relativa a la vulneración de los límites materiales del decreto-ley, al considerar que no impacta en el derecho a la tutela judicial efectiva porque la norma crea un concreto recurso, sin hacer una regulación general del derecho; no afecta a la ordenación de instituciones básicas del Estado, por no referirse a elementos estructurales o esenciales del proceso judicial; ni regula un elemento esencial del Poder Judicial como una de dichas instituciones.

No obstante, la sentencia concluye con una apelación al legislador acerca de la conveniencia de una reforma legislativa en esta materia, ya que este recurso de casación carece actualmente de supuesto al que aplicarse, dado que ya no existen resoluciones judiciales que puedan ser susceptibles de esta modalidad de impugnación.

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