ley de acompañamiento 2023

El Consell rebaja la multa mínima a las empresas turísticas por vulnerar los derechos laborales

7/10/2022 - 

VALÈNCIA. Fumata blanca. PSPV, Compromís y Unides Podem han acordado modificar las multas que contempla la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad para todos aquellas empresas turísticas que incumplan la normativa. Una reforma vía Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de la Generalitat de 2023 que, si bien no rebaja las sanciones máximas como pretendían los socialistas amparándose en que eran las más altas de todo el Estado, sí que lo hará en los tramos más bajos. Incluidas aquellas más graves. 

La ley actual contempla tres tipos de multas: las leves, por las que se pueden llegar a pagar 10.000 euros; las graves, cuya cuantías por sanción oscila de los 10.001 a los 100.000 euros; y las muy graves. En este caso, dependiendo de la infracción cometida, los operadores turísticos se exponían a pagar desde 100.001 euros a un máximo de 600.000. Esta tabla, sin embargo, ha sufrido una rebaja considerable tras las negociaciones de las tres patas del Gobierno valenciano. 

El borrador del anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales del próximo ejercicio que será aprobado en los próximos días rebaja las multas leves y graves, pero también de las muy graves. La sanción máxima en el primer caso quedará en 5.000 euros, de manera que el siguiente tramo quedará alterado también: el mínimo será de 5.001 euros y el máximo de 60.000 euros, lo que supone una rebaja del 40% respecto a cómo se encuentra proyectada la ley actual. De nuevo, con este nuevo margen, la horquilla de las multas muy graves también se ve alterada, pues aunque la cuantía máxima se mantiene en 600.000 euros, la mínima baja de 100.000 a 60.001 euros.

Un cambio que resulta especialmente significativo por lo que supone y los supuestos a los que afecta: entre las infracciones muy graves se encuentra, por ejemplo, que las empresas incumplan "los derechos reconocidos a los trabajadores y trabajadoras de las empresas turísticas y de los prestadores de servicios turísticos por parte de las mismas y falten garantías de un empleo digno y de calidad", u obstruyan "la labor de la inspección". También que ejerzan "cualquier acción que intencionadamente suponga la discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, orientación sexual, religión o convicciones, lengua, opinión, discapacidad o diversidad funcional, edad, indumentaria o cualquier otra condición o circunstancia personal o social y no constituya una infracción penal".

Las multas por este tipo de infracciones no serán las únicas que bajarán, también lo harán las graves. Entre ellas se encuentran, por ejemplo, negarse "a expedir factura de cobro de los servicios consumidos a solicitud de la clientela"; obstruir "la labor de la inspección de turismo en el ejercicio de sus funciones, o no atender los requerimientos formulados durante la inspección"; negarse a "facilitar a la Administración cualquier información relativa a la actividad turística desarrollada"; incluso incumplir la normativa en materia de prevención de incendios, seguridad, salud e higiene; o que las compañías emitan "publicidad falsa o que induzca a engaño".

La propuesta

La modificación de esta ley viene motivada por la primera propuesta que realizó en su día el secretario autonómico de Turismo, Francesc Colomer. Su departamento sacó a información pública una reforma de la citada ley en la que planteaba rebajar hasta un 70% las multas por infracciones graves a compañías turísticas

La cartera gestionada por el socialista buscaba que la penalización máxima por multas graves fuera de 30.000 euros, cuando la norma la fijaba en 100.000. También planteaba que el mínimo a pagar por una multa grave pasara de 10.001 euros a 5.001; es decir, la mitad. Y en el caso de las infracciones muy graves, bajar el máximo de 600.000 a 300.000 euros, lo que implicaba reducirlas en un 50%. 

Desde Turisme, los socialistas expusieron que la Comunitat Valenciana tenía las sanciones más altas en materia turística de todas las comunidades autónomas y por ello se ha decidido bajar los importes requeridos, dado que muchos eran inasumibles para las compañías. Una circunstancia que para los socios del Botànic es inasumible. De hecho, el escenario no agradó a Compromís y Unides Podem, que advirtieron que presentarían alegaciones

Según reconoció el diputado Ferran Martínez (Unides Podem) en declaraciones a este diario, se estaba "hablando de cuestiones muy delicadas que afectan a la salud y seguridad de las personas, derechos laborales, intrusismo o actividades ilegales". "Pensar que revisar la cuantía de las sanciones sea una prioridad para el Botànic es extraño, y más bien deberíamos estudiar si el funcionamiento de la inspección está siendo totalmente eficaz a la hora de prevenir y corregir comportamientos que no son conformes a la ley", concluyó el parlamentario. 

Por su parte, la coalición valencianista registró alegaciones en las que consideraba inasumible rebajar los porcentajes como planteaba Colomer: "Uno de los principios del derecho sancionador es que no puede ser más favorable la sanción que el cumplimiento de la norma infringida. En un contexto de cifras históricas de facturación del sector turístico, sector económico que regula la presente ley, más una inflación también en niveles históricos superior al 10%, la reducción de las sanciones que propone la propuesta en un 50% o, en algún caso, en un porcentaje superior, resulta contraria al mencionado principio".  

Sin embargo, finalmente las cuantías han terminado rebajándose, si bien no lo han hecho en el sentido que pretendía el PSPV - hasta un 70%-. Desde el Consell explican que esta sería la tabla que actualmente tienen otras comunidades autónomas como Cataluña, que también fija la sanción mínima por infracción muy grave en 60.000 euros. De manera que Cataluña y la Comunitat Valenciana se situarían en el segundo lugar de las autonomías más "duras" con el cumplimiento de la ley, tan solo por detrás del País Vasco. 

 

Noticias relacionadas