El Consell elimina la obligación de la responsabilidad social en la contratación pública 

El decreto Simplifica modifica la norma estrella de la anterior Conselleria de Transparencia: las empresas ya no tendrán que cumplir con los aspectos sociales o medioambientales reflejados en ese texto a la hora de optar a adjudicaciones o subvenciones de la Generalitat, que se remite a la ley estatal

27/07/2024 - 

VALÈNCIA. El decreto de responsabilidad social aprobado por el anterior Consell del Botànic conformado por el PSPV, Compromís y Unides Podem ya ha sido fulminado por el actual Gobierno del PP (y hasta hace poco Vox). Con ello, deja de ser obligatorio el cumplimiento de aspectos sociales o medioambientales por parte de las empresas que opten al otorgamiento de subvenciones o a contratos públicos con la administración que venían reflejados en ese texto. 

Desde la Generalitat recuerdan que, en todo caso, la ley estatal de Contratos del Sector Público obliga a que haya "al menos una" cláusula social o medioambiental.

Cabe recordar que la ley para el fomento de la responsabilidad social empresarial fue impulsada en la primera legislatura del Botànic por la Conselleria de Transparencia dirigida por Manuel Alcaraz (Compromís). Aprobada por Les Corts Valencianes en julio de 2018 con el único rechazo del PP, incorporaba cláusulas de responsabilidad social para que la Administración no sólo valorara la oferta más ventajosa económicamente, sino la que cumpliera con otros aspectos. 

El texto resultaba de especial importancia, porque tenía que aplicarse tanto para las contratas de Generalitat –unas 8.500–, como para diputaciones, mancomunidades, ayuntamientos, sector público institucional y universidades. Establecía, a modo de ejemplo, el cumplimiento de los derechos laborales y de empleo digno en los pliegos de contratación o que las personas o entidades licitadoras, contratistas o subcontratistas, empresas filiales o empresas interpuestas no puedan realizar operaciones financieras en paraísos fiscales.

En la adjudicación de los contratos y en el otorgamiento de subvenciones –tanto a los beneficiarios como en la subcontratación con terceros–, el texto incluía criterios de carácter social como la inserción laboral e inclusión social; igualdad de género; calidad laboral; y fomento del empleo autónomo y el cooperativismo. Igualmente, obligaba a reflejar en la contratación pública el convenio colectivo sectorial objeto del contrato y a establecer una plantilla mínima y unas horas de trabajo acordes al mantenimiento de la calidad en el servicio público subcontratado. Y tenía en cuenta, del mismo modo, las cuestiones de carácter ético como el respeto a la cadena de producción y el comercio justo.

Por otro lado, se especificaban criterios ambientales como el consumo, la eficiencia y el ahorro energético; los productos ecológicos; las emisiones y contaminación en el uso de vehículos; y la calidad ambiental. También se tenía en cuenta la ejecución de carácter ambiental con formación en la materia; materiales embalados con productos reciclables; designación de una persona como responsable medioambiental; recogida selectiva de residuos; productos textiles con la Etiqueta Ecológica Europea o equivalente; uso de medios electrónicos y tipos de papel; y medios de transporte y/o maquinaria eficiente.

El desarrollo reglamentario posterior tardó en realizarse. Transparencia pasó en la segunda legislatura a manos de Rosa Pérez (Esquerra Unida). La Conselleria comenzó a negociar con sindicatos y patronal el decreto que regulaba todas estas cuestiones y, tras varios años, el Consell lo aprobó agosto de 2022. 

En ese proceso de negociación, se incluyó una de las cuestiones más importantes para los sindicatos: la laboral. En el trámite de enmiendas presentadas por CC.OO. y UGT, se incorporó la obligación de subrogar las plantillas de las empresas contratadas por la Administración si hay cambio de titularidad, además de garantizar plantillas mínimas y salvaguardar las condiciones económicas y las horas trabajadas. Transparencia blindó así la subrogación de personal en el caso de que hubiera sucesión de empresas, convenio colectivo o un acuerdo con valor de convenio.

El decreto causó malestar en la patronal, y la realidad es que el propio Botànic lo evitó aplicar mediante prórrogas y no entró en vigor la pasada legislatura, algo que cabreó notablemente a los sindicatos. 

Después de todo este periplo, llegó el actual Consell. Primero, rebajaron notablemente el apartado laboral y eliminaron que la subrogación de trabajadores pudiera hacerse por aplicación de cualquier acuerdo con valor de convenio. Pero ahora lo han vaciado directamente de contenido en su conjunto. 

Lo han hecho a través del decreto de Simplificación Administrativa, un plan estrella del presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, para la actual legislatura dirigido a reducir la burocracia en todos los departamentos de la administración autonómica. En él se modifica multitud de normativa, entre la cual se encuentra precisamente el decreto de responsabilidad social. 

La nueva redacción del texto suprime la obligación de incorporar criterios o cláusulas de responsabilidad social en la contratación pública y en las convocatorias de ayudas y subvenciones. Así, pasa a decir que simplemente que "se podrán" incluir. 

En la justificación de la modificación se explica que la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública ha constatado, a través de consultas a todos los departamentos del Consell, que la actual regulación de la responsabilidad social "produce efectos negativos sobre la contratación y las convocatorias de ayudas y subvenciones".

Además, la Junta Superior de Contratación Administrativa también emitió un dictamen en el que entendía que las disposiciones en vigor podían "contravenir la normativa básica estatal y comunitaria sobre contratos públicos, al no garantizar la igualdad de trato y la no discriminación entre las personas licitadoras". Asimismo, recomendaba otorgar al órgano de contratación la libertad de establecer la ponderación de estos criterios en cada caso, adaptándola al objeto, contenido y finalidad del contrato.

Todos estos problemas, expresa el Consell en la ley de Simplificación, afectan directamente a la ejecución presupuestaria de 2024. Por tanto, eliminan la obligatoriedad de incorporar cláusulas de responsabilidad social como criterios de adjudicación, permaneciendo como obligatoria la incorporación de las condiciones especiales de ejecución, y se suprime la ponderación asignada a los criterios. Igualmente, se elimina la obligatoriedad de incluir en las bases reguladoras de subvenciones la ponderación y puntuación de las cláusulas de responsabilidad social en las solicitudes.

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