pspv y unides podem cierran un acuerdo tras meses de discrepancias sobre la norma

El Botànic desatasca el decreto para controlar a los grandes tenedores y regular la expropiación 

17/02/2023 - 

VALÈNCIA. Fumata Blanca para el decreto ley que controlará la actividad de los grandes tenedores y regulará las expropiaciones temporales en la Comunitat Valenciana. Tras meses de desencuentros, finalmente PSPV y Unides Podem, al frente de la Conselleria de Vivienda e impulsores del texto legislativo, han llegado a un acuerdo que permite desatascar esta norma, que previsiblemente saldrá adelante en el pleno del Consell de este viernes.

Un texto que llevaba meses parado por discrepancias entre los socios del Botànic por una de las medidas que Vivienda había introducido y que consistía en la cesión forzosa y temporal del uso de inmuebles vacíos desde hace más de un año que sean propiedad de grandes tenedores, es decir, aquellos con diez o más viviendas. Una especie de 'expropiación' temporal del usufructo de la vivienda de un gran propietario, que en ningún caso pierde la propiedad, sino el derecho de uso durante un tiempo concreto. Una cuestión que había generado el recelo del partido de la rosa.

No obstante, este jueves en el 'consellet, la reunión previa al pleno del Consell de los viernes, los tres socios del gobierno limaban asperezas y alcanzaban un acuerdo para encauzar una normativa, que llevaba redactada desde octubre del pasado año y cuya aprobación se preveía para finales de 2022. Había interés en su desbloqueo porque introduce varias medidas para resolver la situación de emergencia residencial en la autonomía valenciana, agudizada por la invasión de Ucrania. 

Según explican fuentes del departamento que dirige Héctor Illueca, el punto de la discordia se mantiene, pero se ha decidido clarificar los supuestos en los que se puede llevar a cabo esta cesión forzosa del uso de los inmuebles con el objetivo de generar mayor "seguridad jurídica". "Al final no se pierde el espíritu de esta medida, sino que se explicitan los términos de su aplicación para garantizar mayor seguridad jurídica", remarcan. Sobre los casos concretos, han eludido dar mayores detalles. 

De esta forma, el apartado queda redactado como hasta ahora y se podrá llevar a cabo esa 'expropiación' temporal en viviendas sin uso durante más de un año de grandes tenedores, solo que con la introducción de los ejemplos en los que se llevará a cabo su aplicación. Eso sí, también se mantiene el doble requisito de que solo se podrá ejecutar cuando los inmuebles se ubiquen en una localidad con necesidad habitacional y estén inscritos en el registro de inmuebles deshabitados de la Generalitat, tal y como contemplaba el borrador.

Esas viviendas se destinarán a las personas inscritas en el registro de demandantes de vivienda pública de la Generalitat y en todo momento se garantizará una compensación a los grandes tenedores. Esta medida se llevará a cabo por un plazo máximo de 5 años si el gran tenedor es una persona física, y de 7 años, si es jurídica, según el decreto ley de la Conselleria. 

Desde el equipo de Illueca se había defendido esta fórmula ante la necesidad de dar uso a las viviendas vacías de grandes tenedores para dar una respuesta a la demanda actual. Pero, además, insistían en que esta medida ya se recoge en otras normativas autonómicas como la de Baleares y justificaban que solo se actúa sobre pisos que llevan un año bloqueados y en los que el propietario no ha querido sumarse a las medidas de fomento que la Generalitat ha puesto ya en marcha para movilizar las viviendas vacías en el mercado

Por otro lado, la norma, con 47 artículos, regula otros aspectos como la creación de un registro de grandes tenedores para controlar su actividad, así como incluye la expropiación forzosa de inmuebles de protección oficial en manos de propietarios con diez o más activos. También, incide en la lucha contra el 'acoso inmobiliario', que define, regula y sanciona con hasta 950.000 euros las prácticas más graves contra los inquilinos. 

De esta forma, el decreto ley también recoge que la Administración Valenciana podrá expropiar de manera forzosa y temporal una vivienda si considera que se incumple la obligación de rehabilitación de la misma, en virtud del texto refundido de la Ley de ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (Lotup). Igualmente, podrá llevar a cabo una expropiación forzosa en el caso de la VPO, pero sobre aquellos inmuebles que se encuentren deshabitados durante más de un año y figuren inscritos en el registro de viviendas deshabitadas. 

Asimismo, se crea un nuevo registro obligatorio para el control y seguimiento de los inmuebles que poseen los grandes tenedores en la autonomía valenciana. Todo ello para conocer sus carteras de activos y poder evitar "prácticas especulativas que atenten contra los derechos que amparan a las personas que ocupan una vivienda", señalan desde Conselleria. 

Lucha contra el "acoso inmobiliario"

Por otro lado, el nuevo decreto también pretende evitar situaciones de "acoso inmobiliario", entendido como "toda actuación u omisión en perjuicio de la persona ocupante de una vivienda con el fin de perturbarle en el uso y disfrute pacífico de la misma, incluso generándole un entorno material, social, personal o familiar hostil o humillante, especialmente si se realiza con intención de forzar a la persona a desalojar la vivienda o a adoptar cualquier otra decisión no deseada sobre el uso y disfrute de dicha vivienda".

Unas conductas que serán tipificables y sancionables en función de su gravedad. En este sentido, las graves serán penalizadas con multas de entre 10.000 y 350.000 euros, mientras que las muy graves serán de entre 350.001 a 950.000 euros. Los ingresos procedentes de las sanciones tendrán carácter finalista y serán destinadas a actuaciones que promuevan la función social de la vivienda.



Para evitar estas prácticas, se pondrá en marcha un nuevo cuerpo de inspectores adscritos a la Conselleria para vigilar, controlar y comprobar el cumplimiento de la normativa mediante la tipificación de las conductas que crean obstáculos al derecho a la vivienda, y, en especial, el acoso inmobiliario. De esta forma, el personal inspector poseerá en su ejercicio la condición de autoridad pública, debiendo acreditarse como tal. 

Colaboración público-privada

Otra novedad es la puesta en valor de la colaboración público-privada a través de la incorporación de la figura del promotor social, es decir, aquellos grandes tenedores de viviendas de la Comunitat Valenciana que con su actividad fomenten la construcción de viviendas de fácil acceso para la ciudadanía. Un nuevo instrumento para diferenciar a aquellos que participan de sus políticas y que recibirán una serie de incentivos. 

Así, este nuevo promotor y la Administración crearán un fondo social de vivienda, que amplíe y fortalezca el patrimonio de vivienda de protección pública. Su finalidad será dotar de nuevos instrumentos a las administraciones territoriales, generando patrimonio de vivienda de protección pública, especialmente en aquellos ámbitos en los que es necesario recuperar el equilibrio entre la oferta y la demanda de vivienda en alquiler.

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