El Consell esgrime un informe con seis razones para declararse neutral con Medicina de la UA
El Consell esgrime un informe con seis razones para declararse neutral con Medicina de la UA
ALICANTE. Segundo posicionamiento del TSJ sobre la autorización de los estudios de Medicina en la Universidad de Alicante. El primero fue en junio de 2023, cuando rechazó la suspensión cautelar de los estudios ante el recurso de la Universidad Miguel Hernández de Elche; ahora, es la sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo del mismo TSJ quien avala todo el procedimiento seguido por el Gobierno de Ximo Puig, que dio luz verde a la vuelta de los estudios de Medicina al campus de San Vicente. El fallo es bastante claro, no solo porque rechaza todos los argumentos que aludió la UMH para la anulación, sino también los del Gobierno de Carlos Mazón, que consideraba irregular la concesión de la autorización -como verbalizó el conseller Rovira en el acto de apertura de la UA- y por eso se retiró del litigio en agosto de 2024, lo que había generado desde entonces una gran polvareda política.
En resumen, el grado de Medicina de la UA dispone de autorización, el proceso ha sido el correcto, y sus grandes dudas, las alegadas por la UMH, pero también por el Consell del PP, están totalmente resueltas y despejadas: los estudios de Medicina cuentan con recursos económicos suficientes; sus convenios de prácticas con otros hospitales, como Torrevieja y el Vinalopó, están avalados y son totalmente vigentes, y cuenta con personal docente suficiente para impartir los estudios. Estos son los argumentos del TSJ.
Explica el TSJ que la UMH -y también la Generalitat- sostenía que no existía ninguna prueba que avalara los mayores gastos y costes que supone la implantación de los nuevos estudios de Medicina. Recuerda el TSJ que todos los informes emitidos a los que ya se ha aludido en el fallo aluden a la suficiencia de recursos y a la ausencia de incremento de gasto que suponga la autorización de la nueva titulación de Medicina. Añade el alto tribunal que el Servicio de Infraestructuras Educativas había asegurado que la Universidad de Alicante contaba con las aulas y superficies necesarias para la implantación de los nuevos estudios que se
autorizan, y que la Agencia Valenciana de Evaluación y Prospectiva avaló la memoria presentada sin ningún reparo de tipo económico.
Y por si fuera poco, el TSJ recuerda que la financiación del Aula de Anatomía de la Facultad de Medicina autorizada no "generó incremento de costes por el profesorado de la nueva Facultad, porque la mayoría del profesorado ya presta sus servicios en otras facultades de la Universidad, como la de Ciencias de la Salud". Tampoco se puede obviar —añade el TSJ— la transferencia de 50 millones de euros para el impulso del grado de Medicina y que el decreto de la Generalitat impugnado establece que la aplicación y desarrollo del Decreto no podrá tener incidencia en la dotación de los capítulos de gasto asignados a la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital; y que en todo caso deberá ser atendido con los medios personales y materiales de las propias universidades.
Durante todo el proceso, tanto la UMH como la Generalitat -en su informe para defender el allanamiento- alegaron que los estudiantes de Medicina de la UA corrían el peligro de no poder realizar las prácticas en hospitales universitarios de la provincia de Alicante porque los principales centros -el General de Alicante y de Elche, y el de Sant Joan- ya tenían acuerdos con los estudios de Medicina de la UMH.
Sin embargo, el TSJ hace valer el argumento de que la Escuela Valenciana de Estudios de la Salud con fecha 25 de julio de 2022 expedió "un nuevo informe",
"final y definitivo, favorable, que implica la adecuación de los centros hospitalarios ofrecidos para facilitar las prácticas y docencia de los alumnos de Medicina". De esta manera, se hace referencia al convenio de colaboración, de fecha 24 de julio de 2012, entre la Conselleria de Sanitat, la Agència Valenciana de Salut y la Universidad de Alicante, para la utilización de las instituciones, centros sanitarios y socio-sanitarios en la docencia, asistencia e investigación universitarias en Ciencias de la Salud. Y por otra, a los convenios suscritos con los hospitales públicos universitarios de Torrevieja y del Vinalopó, y con los privados de Medimar, Vistahermosa HLA y Hospital Quirón de Torrevieja. Hay que recordar que el Consell había aportado un informe de la Abogacía de la Generalitat para rebatir la posible nulidad de las prácticas y la falta de docentes acreditados para impartir los estudios.
El Consell esgrime un informe con seis razones para declararse neutral con Medicina de la UA
Sobre el impacto que pudiera tener la autorización del grado de Medicina de la UA frente a la UMH, el TSJ hace referencia, otra vez, en el informe favorable emitido por la Escuela Valenciana de Estudios de la Salud, de fecha 25 de julio de 2022. Asegura el TSJ que es a través de los distintos informes emitidos a lo largo de este procedimiento donde se justifica el interés público y, por tanto, se acredita la conveniencia de la implantación de las distintas titulaciones. El propio informe de la AVAP manifestaba, ya en el año 2019, y en lo que respecta a la adecuación de la oferta de plazas realizada por la universidad a la demanda de su entorno socioeconómico, que “está previsto ofertar 75 plazas por curso, por debajo de las 130 plazas que oferta la UMH". Actualmente, a nivel nacional, la ratio estudiante de Medicina de nuevo ingreso en universidad pública/población es de 1 plaza por cada 8.200 habitantes. Sin embargo, en la provincia de Alicante, a día de hoy, es de 14.200, lo que justificaría, al menos en parte, la implantación del título", defiende. En caso de implantarse, como así fue, la ratio en la provincia sería de 1 plaza por cada 9005 habitantes.
Así que, a juicio del tribunal valenciano, "existen sobradas razones de oportunidad y necesidad social que reiteran en los últimos años la necesidad de dotar de más profesionales al sistema público sanitario y, por ende, requerir la ampliación de la oferta de plazas en los estudios de Grado en Medicina". Y añade que "el propio éxito de la convocatoria de plazas para el alumnado que se incorpora al nuevo grado de Medicina implantado por la UA, junto con los informes oficiales valorados por la Sala, nos cerciora de la necesidad de esos nuevos estudios", según refleja el fallo.
En este punto, el TSJ también se apoya en una información sobre la elevada demanda de los estudios de Medicina implantados en la Universidad de Alicante como segunda titulación más solicitada en la Comunitat Valenciana, "lo que no ha supuesto un descenso en la matriculación de estudiantes de Medicina de la Universidad Miguel Hernández de Elche en el curso 2023-2024, al ocuparse todas sus plazas ofertadas y no quedar libres o vacantes sin cubrir, siendo la nota de corte altísima en las dos facultades de Medicina, tanto en la Universidad Miguel Hernández como en la de Alicante, por encima de 13 puntos sobre 14". "Con esta prueba quedan soslayados todos los temores mostrados de que una duplicación de las plazas ofertadas para candidatos a esos estudios en el 'campus' de Alicante vaya a suponer perjuicios o mermas de matriculaciones o de la calidad de la docencia en las enseñanzas que se cursan en la universidad recurrente", asegura.
También fue alegado, tanto por la UMH como por la Generalitat —-en su caso, para el allanamiento— la posible nulidad del decreto por la ausencia de motivación y la posibilidad de generar indefensión material. Pero en este caso, el TSJ es más contundente. Sostiene que pese la extensa argumentación de la demanda, "los abundantes medios de prueba empleados por la parte recurrente para combatir el Decreto y su intervención en el proceso de elaboración, así como el conocimiento y acceso a todos los informes y documentos que obran en el expediente, nos deben llevar a la conclusión de que el Decreto se ha elaborado con todas las garantías legales, respetándose los derechos de audiencia e información la parte impugnante con perfecto conocimiento de los trámites y procedimiento seguido y con comprensión de la justificación y razones de la promulgación del Decreto, de manera que no se ha mermado ni tan siquiera en un ápice las posibilidades de defensa y ataque frente a lo que se recurre, con amplia y plena libertad a la hora de formular las oportunas pretensiones frente a aquél, concluye. Además, el TSJ aporta como prueba para defender el acto la prueba pericial realizada por la propia sala, con el testimonio de tres especialistas que conocieron el trámite de la UA y que lo avalaban. "Estas pruebas, añadidas a lo ya explicado en todos los fundamentos de esta sentencia, nos cercioran de la escasa razón del informe de 12-6-2024 de los Servicios Jurídicos de la Administración", concluye el TSJ.