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por no seguir los cauces del despido colectivo

El Supremo obliga a Calp a readmitir a 14 empleados despedidos en 2012

16/01/2017 - 

ALICANTE. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado nulos los despidos de 14 empleados del Ayuntamiento de Calp, cuyos puestos fueron amotizados en una reordenación de la plantilla municipal aprobada por el pleno del Consistorio en 2012. 

Ahora, el Alto Tribunal declara nulos los despidos de estos 14 trabajadores, que recurrieron la sentencia en primera instancia del juzado de lo Social de Benidorm, y condena al Ayuntamiento de Calp a su inmediata readmisión en las condiciones anteriores al despido, con el abono de los salarios dejados de percibir desde ese momento hasta la fecha. 

De acuerdo con su doctrina, la sentencia indica que el Ayuntamiento demandado no siguió el cauce adecuado, tal como establece el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores para extinguir la relación laboral de trabajadores indefinidos no fijos. El Consistorio amortizó las plazas de 56 empleados laborales, en lugar de recurrir al cauce del despido colectivo, como debería haber hecho según la sentencia.

En cualquier caso, la Sala dispone en su fallo que su decisión sólo afecta a los 14 despedidos que presentaron recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo y no alcanza a los otros 42, también despedidos, que consintieron el pronunciamiento de la sentencia recurrida, ya que ésta es firme para ellos.

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