ALICANTE. No habrá escrito de calificación contra el exalcalde, Gabriel Echávarri, y sus dos asesores, Lalo Díez y Pedro de Gea, por el supuesto fraccionamiento de contratos del caso Comercio hasta después de que se desarrolle el pleno de investidura del nuevo alcalde de Alicante. El PP, que denunció los hechos en Fiscalía y en el juzgado y que ejerce la acusación, ha decidido posponer su registro con la intención de que ambos momentos no queden vinculados. Todo pese a que, de facto, a la elección de nuevo alcalde se llega después de que Echávarri se haya visto forzado a dimitir por la confirmación de su procesamiento en esa causa y por el auto que le expone en esa misma tesitura, en relación al despido supuestamente irregular de una trabajadora interina, cuñada del portavoz municipal del PP, Luis Barcala.
En principio, el plazo para que las acusaciones presenten sus escritos de calificación expira un día después de que se celebre esa sesión, prevista para este jueves, 19 de abril. En ese supuesto, el PP se ajustaría a la fecha límite, formalizando su registro el viernes, día 20. No obstante, fuentes jurídicas consultadas por Alicante Plaza precisaron que el plazo podía extenderse hasta el lunes 23.
El exalcalde se enfrenta a una posible pena de inhabilitación; sus exasesores están expuestos también a privación de libertad
Hasta el momento, no ha trascendido que la Fiscalía haya presentado su propio escrito. Y por ahora tampoco se ha avanzado cuál podría ser la petición de penas que se podrían incluir en ambos casos. En el caso del exalcalde, sólo cabe una posible condena de inhabilitación especial de entre nueve a quince años para el desempeño de cargo público, ya que es el tipo de pena prevista para el delito de prevaricación por el que se le procesa (artículo 404 del Código Penal).
En el caso de los dos exasesores, que ya no desempeñan su labor en el Ayuntamiento, se plantea una doble posibilidad. Como Echávarri, ambos se encuentran a las puertas de juicio por un delito de prevaricación. Pero, además, se les procesa por un supuesto delito de usurpación de funciones por el supuesto uso irregular de la firma digital de Echávarri. Para ese tipo delictivo sí se prevén penas de privación de libertad de entre uno a tres años (artículo 402 del Código Penal).