proceso por el asesinato del exalcalde alejandro ponsoda, en 2007

El jurado popular inicia la deliberación para emitir el veredicto sobre el crimen de Polop

3/02/2020 - 

ALICANTE (EFE/AP). Los seis hombres y tres mujeres que conforman el jurado popular en el juicio por el crimen del exalcalde de Polop, el popular Alejandro Ponsoda, han iniciado este lunes, en torno a las 13.00 horas, el proceso deliberación para emitir un veredicto sobre la causa. A partir de este momento, los componentes del jurado quedan incomunicados hasta que alcancen una decisión final consensuada sobre las circunstancias en las que se produjeron los disparos que causaron la muerte del exalcalde, en octubre de 2007.

La presidenta del tribunal, la magistrada Cristina Costa, ha hecho entrega del objeto del veredicto a los miembros del jurado, después de concertar (durante cerca de una hora) con la Fiscalía, la acusación particular y las defensas de los siete acusados la redacción de las 38 preguntas o proposiciones a las que el jurado debe dar respuesta motivada para poder dictar una sentencia fundamentada. 

En esta línea, al dar las habituales instrucciones por las que se debe regir el proceso de deliberación, la magistrada ha advertido a los componentes del jurado que "de lo contrario, les tendré que devolver el objeto del veredicto". En esas explicaciones, la magistrada ha resaltado que se deben valorar todas las pruebas aportadas tanto durante la instrucción como en el desarrollo de la vista, que no han sido impugnadas por las partes. Entre ellas, figurarían los testimonios ofrecidos a lo largo del juicio por exconcejales, vecinos de Polop y agentes de la Guardia Civil, además de las explicaciones ofrecidas por los peritos. 

La magistrada ha apuntado que los jurados deben calibrar la fiabilidad de sus declaraciones tras recalcar que se trata de un caso en el que "no existen testigos directos" porque nadie presenció el momento en el que se ejecutaron los disparos. Además, ha conminado al jurado a tomar una determinación "sin evaluar opiniones" y "sin tener en cuenta pálpitos, ni corazonadas, sino hechos".

Igualmente, les ha insistido en que deben pronunciarse teniendo en cuenta "el principio de la presunción de inocencia por el que se rige el sistema penal en nuestro país", según ha recalcado, hasta recomendarles que, en el caso de que alberguen dudas sobre qué deben votar en cada una de las proposiciones del objeto del veredicto, deben pronunciarse en beneficio de los acusados, como establece el principio jurídico "in dubio, pro reo".

Para considerar cada una de las proposiciones incluidas en el objeto del veredicto, los jurados deben sumar al menos siete votos en cuestiones que resulten desfavorables para los acusados, y cinco cuando se trate de cuestiones favorables. En el objeto del veredicto, los jurados deberán valorar si los siete acusados fueron o no culpables de un delito de asesinato (por tanto, si existió alevosía, imposibilidad de defensa) en concurso con otro delito de atentado a autoridad, además de un delito de tenencia ilícita de armas. Para ello, deberán resolver si creen probadas o no probadas cuestiones como si Juan Cano (el sucesor de Ponsoda en la Alcaldía, considerado el presunto cabecilla de la trama que planificó el asesinato) se reunió con el resto de los acusados en el club de alterne Mesalina de Finestrat, en el que, según las acusaciones, se pudo concertar el crimen.   

El juicio se dirige contra el sucesor de Ponsoda en la Alcaldía, el también popular Juan Cano, a quien la Fiscalía y la acusación particular consideran presunto inductor del crimen. A su juicio, Cano pudo actuar movido por su ambición política para ejercer el control sobre las decisiones sobre el municipio.

Junto a Cano se sientan en el banquillo de los acusados el empresario Salvador Ros, el propietario y el gerente del club de alterne Mesalina en el que supuestamente se urdió el asesinato, Pedro Hermosilla y Ariel Gatto, respectivamente, y los tres presuntos sicarios a los que se contrató para que efectuasen los disparos: Radim Rakowski, Robert Franek y Raúl Montero.

La Fiscalía y la acusación particular, ejercida por los familiares de Ponsoda, solicitan penas de 25 años de prisión para Cano, Ros, Hermosilla y Gatto como inductores del delito de asesinato, como apunta el sumario, a partir de la investigación desarrollada por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil. La petición se eleva hasta los 27 años para los tres supuestos sicarios, a quienes, además, se considera responsables de un delito de tenencia ilícita de armas.

Las defensas, por su parte, piden la libre absolución de los siete procesados al considerar que no tuvieron ninguna participación en la muerte de Ponsoda. En esa línea inciden en que no existe ninguna evidencia directa de que pudiesen haberse visto implicados en esos hechos.

En el desarrollo del juicio, que se ha prolongado durante tres semanas, las defensas trataron de desacreditar la versión ofrecida por un testigo protegido, quien declaró ante los investigadores que le habían ofrecido inicialmente a él la posibilidad de ejecutar el asesinato.

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